viernes, 25 de enero de 2013

Abordaje del Vinculo Fraterno en una Institucion Carcelaria. (1) Alicia Beatriz Lacuzzi.

La realidad laboral carcelaria compele a actualizar nuestros sustratos teóricos y empíricos. Nuestras praxis se dirigen a problemáticas que dentro de la institución se van diagnosticando. Tenemos el compromiso de no claudicar en el develamiento y atención de psicodinámicas que se ponen de manifiesto dentro de las “encrucijadas de la libertad” (excediendo la connotación de ‘detenido’).
La realidad penitenciaria transita por un empobrecimiento que no nos ubica a la altura de las circunstancias, interpelándonos científica y éticamente en nuestro quehacer. Trabajar en un contexto carcelario no resulta neutro. El ‘aggiornamiento’ profesional  no puede estar a expensas de incorporación de conocimientos que provee  lo académico. De allí el presente Proyecto multidisciplinario como herramienta clínica y de investigación.

FUNDAMENTACIÓN  EMPÍRICA.

La escucha de la singularidad mas allá del síntoma se constituye en la ‘vía reggia’ para el devenir de la subjetividad dentro de parámetros mas saludables al servicio de la pulsión de vida.
Atentas a las realidades humano-familiares que presentan los internos registramos que:
a) hay internos con hermanos detenidos (en la misma o en otra UP).
b) hermanos acompañan con su visita la privación de libertad.
c) internos tienen hermanos muertos o tienen que  duelar alguno fallecido (por enfermedades, situaciones delictivas, etc.) estando detenidos.
d) fratrías numerosas (en ocasiones hijos de diferentes padres) provenientes de contextos familiares con violencias múltiples quedando en estado de desamparo, compelidos a  vagabundeo, transgresiones y desafíos a la ley desde temprana edad.
e) hermanos compañeros de causa.
f) abuelos y tíos que se han hecho cargo de la crianza de  nietos y sobrinos en subrogantes funciones por abdicación y/o déficits de funciones parentales.  
Situaciones con potencialidad patógena pueden constituirse en oportunidades de intervenciones en pro de la organización de un universo libidinal mas saludable y el mejoramiento de las funciones yoicas. Así, se decidió enfrentar el ABORDAJE DEL VÍNCULO FRATERNO dentro de la ‘clínica de lo abyecto’: 

FUNDAMENTACIÓN CONCEPTUAL: ACERCA  DEL  VÍNCULO  FRATERNO.

Se toman como  encuadre interno profesional las conceptualizaciones del Dr. Kancyper.
Partimos de la importancia de las funciones parentales en la migración libidinal yo-objeto dentro de las dinámicas de la descendencia para construírse la fratría. De ellas emanan ideales, mandatos y servidumbres a través del proyecto identificatorio. Surgen así los ‘lugares adscriptos’ que como ‘sentencia’ inconciente condenan a la profecía de la repetición y a pactos perversos y sadomasoquistas.
En particular, la función paterna se insinúa con fuerza de ley y salvaguarda de interdicción, delimitando las dinámicas generacionales, con-figurando diversas homeostasis dentro del sistema familiar.

La presencia de un hermano  es garante fundante, estructurante de la horizontalidad con funciones de reconocimiento, modelo, auxilio, complementación. También como enemigo dentro de la dinámica de rivalidad intra-generacional del doble (‘asunto entre hermanos’).
La ineficacia de la función paterna es frecuente dentro de la población institucionalizada, debiendo los coetáneos colaborar en el ordenamiento libidinal al resultar también deficitarias la funciones transgeneracionales y materna.
El concepto vínculo fraterno aludiría a las representaciones concientes, preconcientes e inconcientes respecto a los efectos psicológicos de los hermanos (vivos y muertos) como doble consanguíneo que puede trans-formarse en ominoso. El hermano como semejante extraño e intruso, vicariante parental muchas veces. El poder de estos sentires generan entramados libidinales factibles inclusive de reeditarse en el plano de otras relaciones interpersonales, deseos inconcientes que se actualizan en quebrantos y taliónicos desenlaces.

viernes, 11 de enero de 2013

LA PATOLOGIA NARCISISTA HOY* Otto Kernberg**. Incluye Coloquio.

Ha sido difícil decidir si les voy a seleccionar un tema específico o un panorama general sobre narcisismo, tal como veo el tema en la actualidad. He decidido dar un panorama general, eso significa tocar una multitud de temas. El peligro está en quedarse en la superficie y ser dogmático por no tener tiempo de desarrollar el tema en profundidad; pero, por otro lado por lo menos les da una visión a vuelo de pájaro de lo que pienso. En la discusión podrían hacer preguntas, confrontadas con críticas, lo que permitiría profundidad en el tema.
Para empezar por la base:
Definiciones
Hay dos definiciones de narcisismo. Una, a nivel metapsicológico, psicoanalítico: el narcisismo es el investimiento del Yo (o del Self) con líbido. Una definición breve y elegante, que oculta todo tipo de problemas. En primer lugar, el hecho de que lo que llamamos el Yo, incluye lo que ahora modernamente se considera el Self, es decir, el Yo, no como una estructura abstracta, metapsicológica, (Yo, Ello y Super Yo), sino Yo también como estructura subjetiva, Yo como integración del concepto de sí mismo, o sea el Self. Es importante tener en cuenta que Freud siempre utilizó el concepto “ich” desde que desarrolló lo que se llama en Europa, la segunda tópica, (en Estados Unidos, la teoría estructural). Es decir, narcisismo, desde un plano metapsicológico, es la investidura, no simplemente del Yo como aparato, sino del Self como estructura subjetiva.
En el plano clínico: narcisismo se refiere a la regulación normal o patológica de la autoestima. Desde este punto de vista, puede haber una regulación de la autoestima normal o patológica, que a su vez depende de una serie de estructuras psicológicas complejas. Y es ahí donde lo clínico práctico se enlaza con la metapsicología.
No hay una concepción única sobre narcisismo en el psicoanálisis. Existe lo que yo llamaría la escuela francesa, (cuando hablo de la escuela francesa me refiero a la corriente no lacaniana: Grumberger y André Green), está la escuela Kleiniana, especialmente las contribuciones de Herbert Rosenfeld que me han influido enormemente, está la escuela de la psicología del Self de Kohut, frente a la cual, como ustedes saben, tengo actitudes muy críticas y, también mi posición.

Mi posición deriva de la escuela de la psicología del Yo americana, pero de un subgrupo de esa escuela que incluye una teoría de relaciones de objeto, especialmente la que comenzó con Erikson, siguió con Edith Jacobson y Margaret Mahler, que me han influido mayormente y que corresponden por otro lado y en muchos sentidos, a la teoría de relaciones de objeto desarrollada tanto por la escuela Kleiniana, como por la escuela Independent group (especialmente Fairbairn) en Inglaterra. Ustedes ya habrán reconocido en mis puntos de vista la influencia tanto de Edith Jacobson como de Fairbairn.
Creo que las definiciones son comunes a todas las escuelas, en tanto que las formulaciones teóricas y las implicaciones clínicas, muy diferentes,. Desde este punto de vista tengo que limitarme de momento a hablar de mi propia posición y lo voy a hacer de ahora en adelante, pero estoy dispuesto a discutir los puntos de vista alternativos, si ustedes lo desean, en la discusión que sigue.
Para empezar desde un punto de vista clínico, yo creo que hay que diferenciar el narcisismo normal adulto de la patología narcisista que, a su vez, es o infantil, o una patología de inversión de la relación objetal dominante, y, por último, la patología de la personalidad narcisista.
Debo decir en este sentido que Freud en su trabajo inicial sobre el narcisismo, describió las entonces llamadas neurosis narcisistas (que son las psicosis). Ya no utilizamos el término narcisismo para eso, desde un punto de vista descriptivo-estructural, y en cuanto a que hay problemática narcisista en toda patología, ya el concepto deja de tener un aspecto específico, y yo trataré de hablar de la patología específica narcisista.

Narcisismo normal adulto
La regulación de la autoestima normal está dada por la integración del concepto de sí mismo que, a su vez, depende de la capacidad de desarrollar lo que, en teoría Kleiniana, se llaman relaciones totales de objeto, e integrar representaciones buenas e idealizadas de sí mismo con representaciones malas y persecutorias de sí mismo. De esta integración viene el concepto del Yo normal, y este Yo (o Self) normal es investido libidinalmente y asegura tanto una sensación de continuidad de la experiencia subjetiva, como de valoración de sí mismo. El narcisismo normal, entonces, está basado en la integración de libido y agresión en las representaciones parciales de sí mismo, que están integradas en el concepto del Self.
El Self está protegido secundariamente por la integración a la vez de representaciones significativas de otros; tenemos un mundo interno de representación de las personas que queremos y que nos quieren a nosotros, un mundo interno en nuestro corazón que nos protege libidinalmente hasta cuando externamente estamos solos; en cambio, como veremos, en las estructuras narcisistas tenemos un mundo interno destruido. El narcisismo normal también está protegido por un superYo normal, una moralidad inconsciente y consciente que nos aprueba en cuanto que vivimos a la altura de las demandas del Ideal del Yo y de las prohibiciones (de los aspectos prohibitivos) del SuperYo. Esto también asegura la autoestima y hace, por ejemplo, que cuando nos critican y sentimos que la crítica es objetiva, nos sentimos mal, pero no nos provoca una melancolía. El SuperYo normal nos protege de reacciones excesivas autoagresivas.
El narcisismo normal también está protegido por la gratificación de nuestros instintos: la gratificación de nuestros impulsos instintivos, la gratificación sublimatoria de impulsos agresivos y la gratificación de impulsos sexuales, favorece el narcisismo normal.

Narcisismo infantil
El primer grado de narcisismo patológico como les dije, es el narcisismo infantil, que existe en toda la patología de carácter, en todas las neurosis, por cuanto todos los conflictos neuróticos se basan en una fijación de conflictos infantiles, entre impulsos infantiles y el SuperYo infantil. Puesto que el SuperYo infantil mantiene demandas y prohibiciones infantiles, la autoestima infantil depende de valores infantiles y por tanto el narcisismo infantil no es el mismo que el del adulto, y toda patología neurótica contiene también una patología narcisista en el sentido de una fijación a ese narcisismo infantil. Ejemplo: una niñita de cuatro años se siente muy bien porque está limpia y no tiene ninguna conducta mala sexual y no se masturba. Eso está bien para una niñita de cuatro años, una mujer de 30 años que se rige según estos principios, tiene muy mala situación en la vida real. En este sentido, el narcisismo infantil es una problemática envuelta en el mantenimiento inconsciente de los valores infantiles del SuperYo, en contraste con los valores adultos. Pero esto es una patología no específicamente narcisista.
Más específico, pero a un nivel intermedio de gravedad: la inversión de roles entre sí mismo y objeto, que Freud describió como patología narcisista en su famoso trabajo de 1914, en aquellos homosexuales masculinos que quieren a otra persona como si fuera ellos mismos, mientras ellos se identifican con un madre y quieren a su pareja homosexual como quisieran que la madre los hubiera querido a ellos. Existe ahí una patología narcisista, un amor narcisista, se quiere a la otra persona que se representa a sí misma, pero al mismo tiempo, en cuanto a que uno se identifica con el objeto de este Yo proyectado, actúa una relación de objeto, si bien con roles inversos, el Yo en el rol de objeto, el objeto en el rol del Self.

jueves, 3 de enero de 2013

Recursos de Salud Mental para Jóvenes Infractores - Proyecto MHYO


Introducción
El fenómeno de los jóvenes infractores con problemas de salud mental se ha convertido en un problema a nivel europeo que es necesario tratarlo. Diferentes estudios y experiencias en la investigación se han centrado en las tendencias de los menores y de los jóvenes que tienen un comportamiento delictivo y los que también sufren una enfermedad o una alteración de la salud mental, asociados la mayoría de ellos con un consumo y abuso de sustancias. Existen menores y jóvenes con trastornos mentales, ya sea aisladamente o en combinación con la adicción a sustancias tóxicas, que han causado o contribuido al desarrollo de ciertos comportamientos antisociales.

Cuando en 2006 fue pronunciada una estrategia en la Unión Europea sobre la salud mental, el Parlamento Europeo señaló que teniendo en cuenta a los delincuentes en edad adulta “aproximadamente el 40% de los presos sufren algún tipo de enfermedad mental, y la probabilidad de suicidarse es siete veces mayor en comparación con la gente que se integra en la sociedad. Las condiciones inadecuadas en las cárceles pueden agraviar la enfermedad e impedir la rehabilitación”. En el caso de los jóvenes en situación de privación de la libertad, tienen una mayor tendencia a desarrollar enfermedades mentales que los adultos. Las cifras muestran que el 95% de los jóvenes sufren al menos un problema de salud mental y el 80% más de uno. De acuerdo con la organización Prison Reform Trust, la probabilidad de que los menores en situación de detención cometan suicidio es dieciocho veces mayor que la gente que vive en la comunidad.

Según los investigadores científicos y los profesionales en justicia juvenil, existen evidencias cada vez mayores de que la mayoría de los jóvenes infractores en los sistemas de justicia juvenil a nivel mundial tienen síntomas de problemas mentales y otros más serios con el consumo de drogas. Reconocidos investigadores a nivel mundial han descubierto que la mitad o un tercio de los jóvenes que ingresan en los centros de detención preventiva cumplen los criterios necesarios para sufrir para uno a más problemas mentales. Además, esto se convierte en un problema significativo tanto a nivel de salud física y mental como de su bienestar, y se agrava si estas necesidades no son identificadas ya que repercute a largo plazo en un futuro en sus vidas.

El problema central sobre las enfermedades mentales de los jóvenes es la cuestión sobre su responsabilidad penal. En teoría, cuando se declara a los acusados mentalmente inestables, no pueden ser condenados por un delito debido a que su capacidad está reducida/disminuida. Sin embargo, los profesionales en justicia juvenil tienden a pasar por alto las señales y los síntomas propios de los problemas de salud mental en los jóvenes infractores y, por consiguiente, son impuestas sentencias de naturaleza más bien restrictiva que terapéutica. Dichas sentencias solo pueden exacerbar los problemas mentales.

Además, se hace evidente la carencia de un tratamiento adecuado así como de estrategias y políticas adecuadas para tratar a los jóvenes con problemas mentales. Tampoco existe una formación adecuada en el ámbito judicial de los profesionales y existe una carencia de colaboración con el sector sanitario, con lo que a menudo se complica la eficacia en respuestas efectivas a jóvenes con problemas de salud mental.

Cuando políticas y estrategias en los ámbitos de justicia, salud y del derecho del menor, son planteadas, la tarea más crítica para la UE así como para las entidades nacionales es el reconocimiento de las necesidades de los jóvenes infractores con problemas de salud mental. En lugar de institucionalizar los problemas de salud mental en las prisiones, en las organizaciones para la justicia juvenil o en las sanitarias, la tarea preponderante para los países europeos tendría que ser la de facilitar la disposición de recursos individuales adaptados a las necesidades particulares de niños y de jóvenes infractores con problemas de salud mental a través, por ejemplo, de la creación de unidades específicas o de terapia comunitaria. Teniendo en cuenta que ante la gran variedad de instrumentos internacionales y normas que garanticen los derechos y el bienestar de los niños, en los que se incluyen a los jóvenes, esta situación que afecta a los menores es inaceptable.

En este contexto, y dentro del Programa DAPHNE III, la Comisión Europea apoyó al Observatorio Internacional de Justicia Juvenil (OIJJ) en el desarrollo y la coordinación de un proyecto de estudio comparativo sobre la situación actual de los jóvenes infractores con problemas de salud mental en Europa. Por consiguiente, el innovador proyecto titulado Análisis Comparativo Europeo y la Transferencia de Conocimientos sobre Recursos de Salud Mental para Jóvenes Infractores (MHYO) ha sido finalizado y llevado a cabo entre Diciembre 2009 - Diciembre 2011.

Proyecto MHYO

Descripción
El Análisis Comparativo Europeo y la Transferencia de Conocimientos sobre Recursos de Salud Mental para Jóvenes Infractores (MHYO) es un proyecto innovador y sostenible basado en la puesta en común de conocimientos y expertos en la materia en relación con los jóvenes infractores con trastornos mentales. De esta forma, desde finales de 2009 la Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad de la Comisión Europea ha apoyado al Observatorio Internacional de Justicia Juvenil (OIJJ) en el desarrollo, seguimiento y coordinación del presente proyecto de análisis y comparación entre las organizaciones europeas que comparten un interés común en la situación actual de los jóvenes infractores con problemas de salud mental en Europa.