Resumen.
El
trastorno psicopático de personalidad o psicopatía, a pesar de sus
controversias en el contexto clínico ha resultado de enorme interés en el
ámbito de la psicopatología criminal y forense al mostrarse tras la evidencia
científica acumulada como un factor predictor de primera magnitud de la
conducta trasgresora de la normativa social y legal. En el presente trabajo se
propone un modelo comprehensivo de la dinámica de personalidad psicopática
desde una perspectiva psicopatológica como paso previo y necesario para
facilitar su análisis criminológico. Palabras clave: dinámica de personalidad,
psicopatía, repercusión criminológica.
Abstract.
The Psychopathic personality disorder or Psychopathy, regardless their
controversies in the clinical context, results of a crucial interest in the
criminal and forensic psychopathology context, due to the proven scientific
accumulated evidence, like a first magnitude predictor factor of the
transgresor misconduct of legal and social rules. In the present study it is
proposed a comprehensive model of the psychopathic personality’s dynamic from
the psychopathology perspective as a prior and required step to facilitate its
criminological analysis. Keywords: criminological impact, personality dynamics,
psychopathy.
“Algo
no va bien en nuestro tiempo cuando seguimos inmersos en discusiones
bizantinas. Personas normales, desde luego, no lo son: entienden la diferencia
entre el bien y el mal, pero disfrutan haciendo el mal, viven para hacer el
mal, y eso no es muy normal que digamos. Algo tendremos que hacer también desde
el punto de vista legal, ¿no les parece?” (José Sanmartin, Prólogo al libro de
J. M. Pozuelo: Psicópatas integrados).
Introducción.
El
constructo “psicopatía” hace referencia a un síndrome clínico (aunque a día de
hoy no esté recogido en las clasificaciones internacionales de los desordenes
mentales –APA y OMS–), es decir, a un conjunto de signos y síntomas
psicopatológicos relacionados (Hare, 2003). Como se desarrollará en el presente
artículo, la conformación de la personalidad psicopática tiene alta
probabilidad de vulnerar la normativa social y por tanto, de entrar en colisión
con el Sistema de Justicia, de ahí su interés criminológico y forense (Monaham,
2006). Por tanto, este trabajo se enmarca dentro del área de investigación de
la Psicología Criminal y más concretamente de las aportaciones de la
Psicopatología Criminal y Forense como campo de conocimiento encargado de
abordar la criminodinamia y delictogénesis de los Trastornos Mentales y su
repercusión legal.
La
Psicología Criminal o Psicología de la Delincuencia es una subárea dentro del
ámbito disciplinar de la Psicología Jurídica, cuyos hallazgos empíricos también
han sido aplicados a la Criminología. En la actualidad existe consenso dentro
de la comunidad psicológica española en considerar a la Psicología Jurídica un
campo consolidado de actuación profesional del psicólogo (Tortosa, Civera,
Fariña y Alfaro, 2008; Ovejero, 2009; Clemente, 2010).
La
Psicología Criminal, a partir de los métodos y los conocimientos generales de
la Psicología, desarrolla investigaciones y genera conocimientos específicos en
relación a la explicación de la conducta criminal. Su interés investigador ha
versado especialmente: 1) explicación de la conducta delictiva; 2) estudios
sobre carreras delictivas; 3) prevención y tratamiento; y 4) predicción del
riesgo de violencia y/o reincidencia delictiva (Redondo y Andrés-Pueyo, 2007).
Desde
el enfoque criminológico de las actividades rutinarias (Cohen y Felson, 1979)
se considera que se necesitan tres elementos para que se produzca un acto
delictivo: un individuo motivado a cometerlo; una víctima (objeto o persona)
que le atrae y que se encuentra a su alcance, y una percepción de
vulnerabilidad de la misma (alta probabilidad de éxito y baja probabilidad de
ser capturado). En definitiva, la comisión de un hecho ilícito es función de la
interacción entre una personalidad vulnerable al delito y una situación propicia
(oportunidad delictiva) (Redondo, 2008).
El
recurso a la psicopatología como motivación de la conducta delincuencial ha
estado ligado principalmente a la explicación de delitos con alto contenido
violento, provocando históricamente la estigmatización del enfermo mental. La
sociedad atribuye a estos sujetos una elevada peligrosidad (delitos
imprevisibles, con elevado contenido violento y bizarro en su comisión y que
provocan una enorme alarma social). La investigación empírica al respecto ha
demostrado sin embargo, que la enfermedad mental grave (referida principalmente
a trastornos de corte psicótico) explica un pequeño porcentaje de la
criminalidad violenta. Las descompensaciones criminales de estos enfermos
suelen ir ligadas a una falta de adherencia al tratamiento (ausencia de
conciencia de enfermedad, efectos secundarios de los psicofármacos y síntomas
negativos de los casos residuales), el consumo de tóxicos (como estrategia de
enfrentamiento ante el malestar experimentado por su sintomatología) y el
escaso apoyo social (Esbec, 2006).
Cuestión
diferente sucede con los Trastornos de Personalidad. Parece lógico pensar que
si interpretamos la conducta delictiva reiterada como un signo de dificultad
para adaptarse al entorno se puede aventurar que las personas con esta
patología por su propia dinámica psicopatológica puedan verse
sobrerepresentadas entre la población delincuencial.
Y
así parece corroborarlo la prevalencia de sujetos afectos de estos trastornos
entre la población reclusa (Coid, 2008). La investigación al respecto parece
coincidir que los trastornos de personalidad antisocial y límite (cluster B
–DSM-IV-R–) y los trastornos esquizoide y paranoide de personalidad (cluster A
–DSM-IV-R) son los que más probabilidad tienen de entrar en colisión con el
Sistema de Justicia (Martínez, López, Díaz, 2001; González, 2007). De igual
forma, estos sujetos son fuente recurrente de conflictividad en el entorno
penitenciario (Arroyo y Ortega, 2009).
Pero
si existe una conformación de personalidad patológica que los datos empíricos
hayan correlacionado con alta probabilidad delincuencial, y especialmente de
contenido violento, ese es el trastorno psicopático de personalidad o
psicopatía (Salekin, Roger y Sewell, 1996; Monahan, Steadman, Silver, Appelbaum,
Robbins, Mulvey, Roth, Grisso y Banks, 2001). El psicópata tiene tres veces más
de probabilidades de reincidencia delictiva y el doble de probabilidad de
riesgo de criminalidad violenta (Hare, 2000). También en situación de
institucionalización son internos con una alta tasa de comportamiento
disfuncional (Hare, 2000; Lösel, 2000).
Todos
estos datos sin embargo no nos deben hacer caer en la visión simplista de
entender la psicopatía como sinónimo de criminalidad. No debemos olvidar la
etiología multicausal de toda conducta, incluida la delincuencial (Mirón y
Otero, 2005), dentro de esa interacción persona-situación. Por tanto, el
padecer un trastorno psicopático de personalidad predispone en mayor grado a la
criminalidad en términos probabilísticos, pero en ningún modo determina o aboca
irreversiblemente al crimen.
Si
bien, aunque el psicópata no es el nuevo asesino nato lombrosiano, si es cierto
que su estilo depredador de interacción interpersonal coloca al entorno del
psicópata en una elevada situación de riesgo para sufrir algún tipo de daño
(emocional, físico o económico). A este respecto, no parecen existir muchas
discrepancias entre psicópatas criminales y no criminales respecto a su
inclinación hacia el comportamiento no ético (Babiak, 2000).
En
el presente trabajo se intentarán describir las manifestaciones
psicopatológicas del trastorno psicopático de personalidad para, desde dicha
perspectiva, entender su expresión criminológica. Las importantes repercusiones
jurídico-sociales de un error en el diagnóstico de psicopatía, bien en el
sentido de un falso positivo (estigmatización del sujeto) como de un falso
negativo (riesgo delictivo) obligan a una formación especializada de los
profesionales encargados de su evaluación (Garrido y Sobral, 2008). El contar
con una prueba de contrastada fiabilidad y validez para su diagnóstico (PCL-R o
su versión reducida PCL-SV) no debe hacernos olvidar que la potencia de su aval
científico recae en última estancia en la competencia y habilidad del
profesional encargado de su administración.
Trastorno
psicopático de personalidad: manifestaciones psicopatológicas y repercusiones
criminológicas
La
elaboración de la PCL-R (Hare, 1991) primero, y la PCL-SV después (Hart, Cox y
Hare, 1995) ayudó a operativizar los criterios clínicos de Cleckley (1976) y ha
facilitado que en las últimas dos décadas se incrementara significativamente la
investigación transcultural sobre la psicopatía (Patrick, 2006). En la
actualidad nos encontramos con una abundante evidencia clínico-criminológica e
investigación empírica respecto a este trastorno que hace prever su inclusión
en las próximas ediciones de las clasificaciones internacionales de los
desórdenes mentales. De cualquier forma, dentro del contexto criminológico y
forense, se aborda como una fenomenología psicopatológica diferenciada de otras
entidades nosológicas, como por ejemplo el trastorno antisocial de la
personalidad (Monaham, 2006; Torrubia y Cuquerella, 2008).
Los
criterios diagnósticos del trastorno antisocial de la personalidad (TAP)
identificarían a los delincuentes subculturales o delincuentes de carrera, que
pueden o no presentar desajustes en su base de personalidad de tipo
psicopático. De igual forma los psicópatas pueden no presentar conductas
antisociales propias del TAP y cuando las presentan difieren cualitativamente
de la de aquellos. Así, mientras un 65% de la población reclusa cumpliría
criterios de trastorno antisocial de la personalidad, sólo entre un 15-20% de
los reclusos cumpliría criterios de psicopatía (datos en muestra española
–Torrubia y Cuquerella, 2008–). Cuando coinciden ambas características, base de
personalidad psicopática y proceso socializador en subcultura delincuencial
estaremos ante criminales de elevado riesgo delictivo.
A
este respecto, aunque en la actualidad se vislumbra un cambio en el abordaje
psicopatológico de los trastornos de personalidad hacia una tratamiento
dimensional más que categorial por la complejidad clínica de los mismos
(Widiger, 2007); en el ámbito forense puede resultar complicado desde esta
perspectiva la delimitación de los parámetros clínicos de estos trastornos,
cuestión necesaria para la valoración de su repercusión legal. En el caso de la
psicopatía, por ejemplo, entendemos que algunas propuestas actuales de establecer
diferentes tipologías de psicópatas (desde una óptica dimensional del
trastorno) (Hare, 1984; Hicks, Markon, Patrick, Krueger y Newman, 2004) puede
dar lugar a confusión en el ámbito jurídico. La psicopatía es un trastorno de
la estructura de personalidad fruto de una conformación anómala de rasgos
temperamentales y caracteriales que puede expresarse con desajustes
comportamentales diversos. El proceso socializador de estos sujetos moldeará la
vulnerabilidad heredobiológica perfilando la expresión conductual, pero la
estructura alterada de su base de personalidad ha de ser similar para poder
hablar de un trastorno psicopático como entidad nosológica, y su grado de
desajuste al entorno cumplir parámetros clínicos (Garrido, 2000).
Podría
decirse que la principal controversia técnica existente en la actualidad versa
sobre las características clínicas definitorias de la psicopatía. Aunque existe
acuerdo en considerar que son los rasgos de personalidad de base los que
mayoritariamente caracterizan este trastorno, no existe unanimidad a la hora de
valorar el peso de las manifestaciones conductuales antisociales en el
diagnóstico del mismo. Así, para unos autores no serían criterios definitorios
del trastorno, sino más bien consecuencias del mismo (Cooke y Michie, 2001;
Skeen, Mulvey y Grisso, 2003); mientras otros consideran que siguen siendo
características propias de éste (Hare y Neuman, 2006). Esta controversia es
entendible si realizamos una visión histórica del concepto, y es que no hay que
olvidar que fueron las expresiones conductuales disfuncionales hacia el sistema
social las que iniciaron el interés por el estudio de esta fenomenología
psicopatológica (Barcia, 2004).
En
el presente trabajo se va a abordar la psicopatía desde una perspectiva
psicopatológica, agrupando los distintos desajustes dependiendo de la esfera de
la personalidad afectada: cognición, afectividad, actividad interpersonal y
estilo de vida (Muñoz, 2010). Se pretende desde este enfoque conseguir una
mejor comprensión de la estructura de personalidad psicopática y por ende, de
su vulnerabilidad hacia la conducta antisocial.
El
primer requisito para poder realizar un diagnóstico de psicopatía es que la
personalidad del sujeto cumpla parámetros clínicos de desajuste (Belloch y
Fernández-Álvarez, 2005 –tabla 1–):
Tabla
1. Características comunes a todos los trastornos de personalidad
•
Es omnipresente: se pone de manifiesto en la mayor parte de las situaciones y
contextos, y abarca un amplio rango de comportamientos, sentimientos y
experiencias del sujeto.
•
No es producto de una situación o acontecimiento vital concreto, sino que
abarca la mayor parte del ciclo vital del individuo.
•
Dificulta la adquisición de nuevas habilidades y comportamientos, especialmente
en el ámbito de las relaciones sociales: perjudica el desarrollo del individuo.
•
Hace al individuo frágil y vulnerable ante situaciones nuevas que requieren
cambios.
•
No se ajusta a lo que cabría esperar para ese individuo, teniendo en cuenta su
contexto sociocultural.
•
Produce malestar y sufrimiento al individuo, o a quienes le rodean: provoca
interferencias en diversos ámbitos (social, familiar, laboral, etc.).
•
Sin embargo, a diferencia de otros trastornos mentales, el malestar es más bien
una consecuencia de la no aceptación por parte de los demás del modo de ser del
individuo que una característica intrínseca del trastorno: en general suelen
ser egosintónicos, a diferencia de la egodistonía que caracteriza a la mayoría
de los trastornos mentales.
•
Por lo antedicho, la conciencia de enfermedad o anomalía es escasa o
inexistente.
La
esfera cognitiva hace referencia a los esquemas mentales (creencias básicas que
utiliza el individuo para percibir e interpretar a los demás, a sí mismo y los
acontecimientos vitales). Sería el área de la personalidad que se va formando a
lo largo del proceso de socialización (carácter). La personalidad psicopática
presentaría desajustes en este área caracterizados por:
a)
Visión egocéntrica del mundo que se plasmará principalmente en una búsqueda
activa de la propia satisfacción, minusvalorando a los demás y mostrando
desprecio y desconsideración por las motivaciones ajenas y sociales. Esta
característica de personalidad predispone al psicópata a la violación de los
derechos y libertades de sus congéneres.
b)
Sensación grandiosa de autovalía con planteamientos de metas ilimitadas de
éxito, demanda y percepción de admiración irreal por parte de los otros y
autopercepción de inmunidad (sensación de omnipotencia). Las ideas de grandiosidad
impiden una retroalimentación adecuada de la valoración que de su conducta
realizan los demás (provocan la retroalimentación positiva y responden de
manera hostil a las críticas), configurando un locus de control externo. Este
rasgo de personalidad predispone a estos sujetos a realizar un erróneo análisis
de la realidad (ponderación de factores de riesgo) lo que aumenta la
probabilidad de fracaso conductual (Wallace, Vitale y Newman, 1999). La
psicobiografía de estos sujetos está repleta de problemas económicos,
accidentes de tráfico, problemas de salud, infracciones legales, inestabilidad
en las relaciones interpersonales, etc. De igual forma, mostrarán proyectos de
futuro poco realistas atendiendo a sus condiciones actuales y a su historia de
vida.
c)
Percepción hostil y amenazante del medio. El psicópata suele presentar un
patrón de desconfianza y suspicacia hacia los demás, realizando
interpretaciones maliciosas de las conductas y actitudes de los otros. Para
estos sujetos la confianza es sinónimo de ingenuidad. Este rasgo de
personalidad explicaría reacciones interpersonales desajustadas de corte hostil
sin justificación, que aparecen con frecuencia en la historia psicoevolutiva de
estos sujetos.
Desde
un punto de vista psicopatológico queda la duda de si estamos ante un verdadero
rasgo de su personalidad, ante una estrategia justificadora de su conducta
antisocial o ante ambas posibilidades.
La
esfera afectiva alude a la parte heredo-biológica de la personalidad
(temperamento), primer núcleo de ésta, encargada de regular la respuesta
emocional ante los estímulos del medio. Los datos empíricos apuntan a dos
grandes áreas de desajustes a este respecto en las personalidades psicopáticas:
por un lado, disfunciones en el procesamiento de la información emocional y por
otro, limitaciones severas para ser condicionados con el castigo (Muñoz, Navas
y Fernández, 2003; Navas y Muñoz, 2004; Alcázar, Verdejo y Bouso, 2008).
Distintas
investigaciones han puesto de manifiesto la estrecha relación entre la disposición
temperamental de baja temeridad y la adquisición de emociones morales
(vergüenza, culpa y empatía). Se ha comprobado que los niños más miedosos
tienden a sentir mayores remordimientos después de haber obrado mal y se
sienten más consternados por los efectos que puedan tener sus conductas
trasgresoras (Rothbart y Ahai, 1994; Rothbart, Ahai y Hershey, 1994; Kochanska,
1995; Kochanska y Thompson, 1997; citados en Garrido, 2005). La investigación
neuropsicológica acumulada durante estos años de experimentación evidencia
disfunciones en la estructura y funciones cerebrales (afectación en el córtex
frontal, ventromedial y mecanismos límbicos) que nos hace poner el énfasis en
los factores biológicos frente a la incidencia del proceso de socialización en
la etiología del trastorno psicopático de personalidad, en contraposición a
otras personalidades antisociales (sociópatas o delincuentes subculturales)
donde el acento en su explicación se coloca en la vivencia de un proceso
socializador deficitario (Lykken, 2000).
Estas
disfunciones afectivas tendrán las siguientes expresiones conductuales:
a)
Inadecuado manejo de la ira. En el psicópata pueden darse dos tipos de
manifestaciones de ira (Cornell, Warren, Hawk, Stafford, Oram y Pine, 1996):
a)
Una ira “sincera” (visceral) que será provocada ante la percepción de ataques a
su persona o autoridad (hipersensibilidad a la crítica) o por impedimentos para
la consecución de sus deseos (baja tolerancia a la frustración). Este tipo de
respuestas descontroladas de violencia en el psicópata son de aparición súbita
(imperceptible escalada de la ira) y de una intensidad desproporcionada (alto
riesgo para el otro).
b)
Una ira “fingida” (instrumental) como táctica de control, intimidación y
sometimiento del otro. En ese supuesto, el psicópata representa el estado
emocional de hostilidad (signos externos del mismo) pero su nivel de activación
psicofisiológico real es normalizado. La investigación de Jacobson y Gottman
(2001) con varones que ejercían la violencia sobre su pareja ejemplifican muy
bien este tipo de conductas: “nos sorprendió descubrir que las pulsaciones de
alguien pudieran disminuir al pasar de una situación normal a una discusión (…)
Los cobra parecen excitados, actúan con excitación, se les oye excitados: sin
embargo interiormente cada vez están más calmados”.
b)
Falta de empatía. Para una adecuada comprensión de esta característica dentro
de la dinámica de personalidad psicopática debemos aludir a los modelos
multidimensionales de la empatía (Feshbach, 1982; Hoffman, 2000) que establecen
tres componentes en la respuesta empática: dos de ellos cognitivos, 1) la
habilidad para identificar el estado emocional de otra persona, y 2) la
capacidad para asumir la perspectiva y el rol del otro; 3) y uno afectivo, la
capacidad de experimentar la misma emoción que el otro está sintiendo
(reactividad emocional). El psicópata tendría exacerbados los componentes
cognitivos (posee una inusual destreza para percibir el estado emocional del
otro e incluso puede asumir su perspectiva, de ahí que sea capaz de
“representar” estados emocionales) lo que le pone en una situación privilegiada
para identificar a los sujetos vulnerables (víctimas propiciatorias). Sin
embargo, carece de la capacidad para experimentar la emoción que el otro está
sintiendo (componente afectivo). En definitiva el psicópata es capaz de
comprender las consecuencias de sus actos pero es incapaz de sentir los efectos devastadores de los mismos. De
ahí la alta probabilidad de expresión de conductas violentas severas
(insensibilidad a las señales de dolor y sufrimiento de la víctima).
c)
Falta de remordimiento por su conducta. La tendencia a la reiteración en la
violación de los derechos de los otros y las distorsiones cognitivas
conducentes a racionalizar dichos actos contrastan con sus verbalizaciones de
arrepentimiento. Hare (2003) avisaba de esta condición a los evaluadores
forenses: “los criminales en la cárcel
aprenden muy pronto que remordimiento es una palabra muy importante” (pág. 65).
La
actividad interpersonal del psicópata se caracteriza por dos aspectos
fundamentales: establecimiento de relaciones de poder y control sobre los demás
(Hirigoyen, 2003) y por dirigirse a la consecución de sus propios objetivos
(relación depredadora). Para la consecución de sus objetivos el psicópata se va
a valer de su virtuosidad en el manejo del engaño y de su desinhibición en la
expresión de la coacción, la amenaza o la violencia física. Respecto al primer
aspecto, el psicópata cuenta con amplio repertorio de habilidades de
manipulación. Se trata de sujetos con gran capacidad interpretativa, de
carácter seductor y persuasivo. En palabras de Caballo y López (2004): “con el
fin de obtener lo que desean, estimulan la compasión del otro, lo seducen y
dicen lo que quiere oír o lo que les va a llegar al corazón”. En este sentido,
su marcado egocentrismo y su sensación grandiosa de autovalía transmiten a los
demás una afianzada seguridad en sí mismos que facilita su poder de convicción
y por ende, incrementa su capacidad manipulativa.
Por
último, en lo que respecta a su estilo de vida de forma global lo podríamos
caracterizar por su adherencia a un estilo de vida desorganizado. Como
desajustes en esta esfera, destacaríamos:
a)
Impulsividad. La falta de reflexibilidad como rasgo definitorio de la
personalidad psicopática debería ser matizado. En el psicópata la impulsividad
no debe entenderse en su acepción temperamental biológica (irresistibilidad a
la fuerza del estímulo), como lo demuestra la premeditación con la que llevan a
cabo muchas de sus acciones, sino por su sensibilidad a regularse
principalmente por las señales de recompensa y a la gratificación inmediata, de
ahí que no sean sujetos motivados al esfuerzo continuado y acaben
desinteresándose ante todo lo que no reporte estimulación contingente. Esta
característica les hace vulnerables para embarcarse en actividades ilícitas
(lucrativos beneficios, bajo coste y recompensa inmediata) y tendentes a
mostrar un estilo de vida parasitario (vivir de los demás) sin reparar en el
coste que supone para el otro. Por otro lado, su visión egocéntrica del mundo y
su sensación grandiosa de autovalía ya referenciadas explicarían la emisión de
conductas en ocasiones carentes de toda lógica y con elevado componente de riesgo
como muestra de esa omnipotencia que tienen interiorizada (hago lo que quiero,
cuando quiero y como quiero porque soy inmune a todo). Esta dinámica de
personalidad podría explicar también el que estos sujetos no aprendan de la
experiencia.
b)
Necesidad de estimulación y tendencia al aburrimiento. Los psicópatas son
sujetos que necesitan experimentar sensaciones y experiencias novedosas y
además tienen dificultad para tolerar las actividades rutinarias o mantener la
atención para aquello que no tiene un interés inherente para él. Son sujetos
inconstantes y volubles. Aunque en ocasiones pueden mostrar un sincero
entusiasmo por alguna actividad seducidos por la novedad a la que se adhieren
intensamente, fácilmente abandonan la actividad tan efusivamente comenzada. No
debe entenderse esta característica únicamente como búsqueda de estimulación
externa (e.g., selección de deportes de riesgo), sino también, como modo de
experimentar situaciones nuevas y no habituales en los contextos cotidianos.
c)
Irresponsabilidad. Estos sujetos son incapaces de asumir los compromisos
establecidos con los demás y de desarrollar sus obligaciones. Encontraremos en
su psicobiografía continuas muestras de irresponsabilidad en las distintas
áreas de su vida: en el ámbito laboral (absentismo, violación de normas éticas
y deontológicas en su ejercicio profesional, despreocupación por la ejecución
de su trabajo, incumplimiento de contrato,…); en el familiar (negligencia en el
ejercicio de su función parental, en la aportación de apoyo financiero,
infidelidades,…); en el personal (excesos en la ingesta de alcohol y drogas,
despreocupación por su seguridad, falta de adherencia a prescripciones
facultativas,…); y en el social (incumplimiento de acuerdos contractuales, de
préstamos bancarios, etc.).
Aunque
ya se ha señalado que psicopatía no es sinónimo de criminalidad será de
especial interés para el ámbito clínico-criminológico el análisis, cuando se
produce, de la conducta antisocial en los sujetos psicopáticos. Dicha conducta
se caracterizará por:
•
Ser de inicio precoz (antecedentes de delincuencia juvenil).
•
Su versatilidad (comisión de distintas tipologías delictivas).
•
Su alto índice de reincidencia (consolidada carrera criminal).
•
Su resistencia al cambio (ineficacia tratamental).
•
Alta probabilidad de componentes violentos severos en su expresión (elevado
riesgo).
En
definitiva, la conducta criminal del delincuente psicópata es cualitativa y
cuantitativamente diferente a la del resto de infractores.
Conclusiones
La
conformación de rasgos de personalidad desajustados que constituyen el
trastorno psicopático de personalidad predisponen al sujeto que lo padece a la
colisión con el ordenamiento jurídico y la normativa social, por esa
inclinación a la consecución de sus propios intereses despreciando los derechos
y libertades de los demás. Por tanto, la psicopatía tiene un enorme interés
para la Psicología Criminal y Forense, en tanto que se presenta, atendiendo a
la evidencia empírica, como un factor de vulnerabilidad de primer orden para la
colisión con el Sistema de Justicia (frente al 1% de prevalencia de este
trastorno en la población normal encontramos una representación del 25- 30% en
población penitenciaria –Patrick, 2000–).
Las
características de la conducta criminal en el delincuente psicopático:
intensidad de la acción violenta, elevado nivel de reincidencia y alta
resistencia al cambio, lo convierten en un reto para este ámbito científico,
además de ser un problema de política criminal de primer orden para cualquier país.
Hasta
el momento, estas particularidades criminológicas de su conducta han generado
únicamente políticas criminales respecto a estos delincuentes basadas en el
aspecto punitivo de la pena. Algo nada extraño atendiendo a la orientación
interventiva derivada del actual modelo de “seguridad ciudadana”
(García-Pablos, 2007; Redondo, 2009).
Así,
dentro de nuestro contexto legal pese a que el Código Penal de 1995 consolidó
el tratamiento jurídico de los trastornos de personalidad como anomalías o
alteraciones mentales (Jiménez y Fonseca, 2006) jurisprudencialmente se
considera al psicópata plenamente responsable de sus actos antijurídicos salvo
que los desajustes en su personalidad de base vayan acompañados de un trastorno
del Eje I, de una toxicomanía o de otro trastorno de personalidad (e.g.
trastorno límite)(1). En otros países, como EEUU Reino Unido o Israel, la
psicopatía no solo no se aborda por la jurisprudencia como causa de exención de
la responsabilidad criminal, sino que supone un agravante de la pena apelando a
su condición de peligrosidad (Cuquerella, Torrubia, Mohino, Planchat, Orós,
Navarro, López y Genís, 2003). Una posible hipótesis explicativa a este
panorama jurídico respecto al trastorno psicopático de personalidad pudiera
residir en la interpretación en términos morales del concepto clínico de
psicopatía derivado del tratamiento que a dicha psicopatología se le está
dando
en los medios de comunicación, las novelas o el cine asociándolo a la
delincuencia violenta más extrema (Muñoz, 2010).
Pero,
¿puede un sujeto con unos esquemas mentales con los que analiza la realidad tan
distorsionados y una vulnerabilidad biológica que le impide regular la
respuesta emocional ante las demandas del medio de forma adecuada, adaptar su
respuesta arreglo a los cánones sociales, a pesar de no tener afectada su
capacidad cognitiva? Parece defendible desde un punto de vista forense la
afectación del juicio en los delincuentes psicopáticos, entendido éste como la
capacidad para evaluar una situación y actuar de forma adecuada. Si bien, como
señala Cuello (2002; en Jiménez y Fonseca, 2006) optar por la declaración de inimputabilidad
en estos casos supondría elegir forzosamente la falta de control sobre ellos,
dada la inexistencia de tratamiento en la práctica.
Sin
embargo, distintas revisiones científicas han puesto de manifiesto claras
deficiencias metodológicas en los programas tratamentales que avalan esa visión
pesimista respecto a la rehabilitación del psicópata criminal (Garrido, Esteban
y Molero, 1996; Lösel, 1996; Wong, 2000). Es decir, más que hablar de sujetos
intratables, tal vez, deberíamos hablar de sujetos resistentes a los programas
de intervención existentes hasta el momento, por otro lado, inespecíficos para
este tipo de delincuentes. En palabras de Lösel (2000): tenemos que ser
cautelosos y distinguir entre, por una parte, el conocimiento empírico y, por
otra, la suposición básica de que los psicópatas no tienen tratamiento (págs.
237-238). En este sentido, este autor en la obra señalada, apuntaba los principios
fundamentales que deberían seguir los programas de tratamiento para
delincuentes psicopáticos y que con ciertas reestructuraciones se exponen en el
siguiente cuadro (tabla 2):
Tabla
2
1.
Apoyarse en un adecuado conocimiento de la investigación científica en el
ámbito de la psicopatía.
2.
Basarse en el estudio del caso individual (n=1). Se precisará para ello
conocimientos en clínica criminológica propios de la Psicología Criminal
(psicopatología criminal, motivaciones criminales y análisis del delito) y
habilidades en técnicas de evaluación forense (detección de la manipulación y
de la adherencia superficial al tratamiento).
3.
El tratamiento ha de ser intensivo, regular y de larga duración (motivación
para el cambio).
4.
Contexto terapéutico estructurado (las normas del programa de tratamiento deben
estar previamente establecidas) y en constante supervisión. Se preferirá un
formato en situación de internamiento antes que ambulatorio.
5.
Crear un clima terapéutico sensible, constructivo y de apoyo sin obviar la
firmeza en la aplicación de las normas del programa previamente establecidas.
Este aspecto debiera ser objeto de evaluación continuada (dificultad de
abordaje terapéutico con estos sujetos).
6.
El objetivo principal del tratamiento debe ser el abordaje de las necesidades
criminógenas en lugar de los desajustes de su personalidad de base. El
tratamiento debería proporcionarles experiencias, procesos de aprendizaje y
habilidades que les permitieran expresar y controlar las disposiciones básicas
de su personalidad de una manera no criminal.
7.
Supervisión individualizada de cada caso. El modelo de intervención y las
características de los profesionales deberán adecuarse al caso concreto.
8.
Procurar el cumplimiento íntegro del programa. Una supervisión constante a lo
largo del mismo facilitaría la identificación de aquellos factores que pudieran
incidir negativamente en el tratamiento (e.g., manipulación de los internos,
frustración de los terapeutas, etc.).
9.
Selección de los profesionales adecuados (competencias y habilidades
específicas para el abordaje de este tipo de delincuentes).
10.
Evitar el acceso de los internos en tratamiento a iguales desviados sin
motivación para el cambio. Se pueden utilizar en el programa a internos
rehabilitados que lejos de reforzar el comportamiento psicopático confronten al
psicópata con la realidad de sus conductas.
11.
Fomentar los factores protectores del interno que contrarresten las
motivaciones criminales.
12.
Supervisión longitudinal y prevención de recaídas.
13.
Evaluación sistemática y rigurosa en términos metodológico de los programas de
tratamiento (identificación de los factores correlacionados con el éxito o el
fracaso). Sería de gran interés científico la comparación de los datos
arrojados por las evaluaciones de programas a nivel internacional.
Como
estrategia para despertar la motivación de los psicópatas al tratamiento Wong
(2000) sugiere utilizar la dinámica de su personalidad recogiendo el aspecto
egocéntrico de la misma haciéndoles ver que su conducta antisocial les supone
más perjuicios que beneficios (e.g., situación de privación de libertad) a la
vez que se les dota de habilidades para alcanzar sus metas de poder y vida
cómoda de manera socialmente adaptada.
Teniendo
en cuenta que el aspecto punitivo de la pena es prácticamente inservible como
elemento disuasor de reincidencia en el delincuente psicopático por la dinámica
de personalidad descrita, que la incapacitación para delinquir propia del
estado de privación de libertad se circunscribe únicamente al tiempo de
duración de la pena y que los programas de tratamiento no han sido adecuados
para cumplir el fin resocializador de ésta, se entiende que los esfuerzos de
política criminal con este tipo de delincuentes debieran dirigirse hacia dos líneas
fundamentales: por un lado, el entrenamiento de los profesionales de la salud
mental al servicio del Sistema de Justicia (forenses y penitenciarios) para
realizar evaluaciones eficaces en la detección de estos individuos; y por otro,
fomentar la investigación científica en el ámbito del tratamiento de este tipo
de infractores que faciliten su reinserción social.
Apuntar
que desde un punto de vista psicopatológico, aunque algunos autores como Lösel
(2000) señalan la importancia de la detección temprana de estos sujetos,
debemos de ser extremadamente prudentes a la hora de utilizar la etiqueta
“psicopatía” en población infanto-juvenil por el carácter estigmatizador que
supondría para el futuro del menor y la dificultad de diagnóstico diferencial,
con lo que serían conductas disfuncionales de corte antisocial inherentes y
circunscritas al periodo adolescente. Una realidad empírica es que el número de
delitos se dispara al llegar al periodo adolescente, decreciendo posteriormente
(Serrano, 2009). El 90% de los chicos y el 60% de las chicas participan en
alguna actividad antijuríidica durante la adolescencia. La mayoría de estos
adolescentes abandonan estas prácticas por propia iniciativa, sin que nunca
hayan tenido contacto con el Sistema de
Justicia (Garrido, Stangeland y Redondo, 2006). Moffit (1993) en este sentido
distinguía entre jóvenes cuya emisión de conductas ilícitas se circunscribe
únicamente a la edad adolescente, y por otro, habría jóvenes cuya actividad
delincuencial persistiría a lo largo de su vida. Serán estos últimos los
responsables de un porcentaje desproporcionado de los delitos que se comenten
en una comunidad.
Esto
no significa que no debamos intervenir tempranamente de una manera
especializada con menores que expresen conductas predictoras de delincuencia
futura (e.g., baja tolerancia a la frustración, conductas oposicionistas hacia
las figuras de autoridad, tendencia a imponer su voluntad, exposición a
situaciones de riesgo, reiteración en su conducta desajustada a pesar de ser castigados,
etc.) pero de una manera especializada y desde luego, alejada de etiquetas
estigmatizadoras (Roesch, 2005).
Por
último, no hemos dejar de lado la tarea preventiva propia de toda Ciencia.
Aunque los datos empíricos son contundentes respecto a la predisposición
biológica hacia la psicopatía, hemos de hacer hincapié de nuevo en la idea de
que predisponer no es sinónimo de determinar. El proceso de socialización
también puede incidir en la expresión de la psicopatía. En este sentido,
deberíamos poner el énfasis en construir una sociedad con valores prosociales
un tanto alejados de los cánones actuales.
En la sociedad actual se ha producido una desmitificación de la
autoridad tradicional adherida a instituciones políticas, religiosas y
científicas, llegando incluso a erosionar a la familia. En vez de valores
compartidos, socialmente legitimados, se ha extendido una visión cínica en la
interpretación de los hechos sociales, donde la violencia, la corrupción y la
apatía en la participación política no son sino claras manifestaciones
(Garrido, 2000; pág. 91). Por tanto, todos como sociedad tenemos la
responsabilidad de adoptar un papel activo para evitar el desarrollo de las
personalidades psicopáticas.
(1)Hay
que señalar que la jurisprudencia española influida por la tradición
médico-legal no asume el concepto “psicopatía” descrito en el presente trabajo
(derivado de los estudios del profesor Hare y que recupera la esencia del
trastorno de personalidad definido por Clecley), sino que, con este término
alude a cualquier trastorno de personalidad o al trastorno antisocial de la
personalidad. Sirva como ejemplo la revisión jurisprudencial realizada por
López y Robles (2005). De las veintitrés sentencias encontradas en las que
aparecía la palabra “psicópata” o “psicopatía” en nueve de ellas se utilizaba
como sinónimo de trastorno de personalidad, en cuatro como equivalente a trastorno
antisocial de la personalidad y en el resto como término integrante del
diagnóstico o bien como sinónimo de dolencia mental grave.
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2011 by the Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid
ISSN:
1133-0740 - DOI: 10.5093/jr2011v21a6
La
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