miércoles, 21 de julio de 2010

La problemática de los trastornos del comportamiento en la infancia y la adolescencia en Galicia. Dra. Teresa Rey Barreiro-Meiro. España.

INTRODUCCIÓN.

Galicia, en el momento actual, cuenta aproximadamente con unos 320.000 niños y jóvenes con edades comprendidas entre los 3 y los 17 años, de los cuales 210.000 tienen edades comprendidas entre los 9 y los 17 años y unos 150.000 estarían en la franja de edad comprendida entre los 12 y los 17 años (adolescentes).
Si se da por válida la estimación de que los trastornos del comportamiento en niños y adolescentes tiene una incidencia entre el 8 y el 10 por cien, y que, además, sólo son diagnosticados el 20% de estos casos, nos encontraríamos que en Galicia pueden existir:
- Entre 16.600 y 21.000 casos en la franja de 9 a 17 años.
- Entre 12.000 y 15.000 casos correspondería a la población adolescente.
- Sólo se llegarían a diagnosticar entre 3.300 y 4.200 casos.
Algunas de las memorias de las Fiscalías de Menores ya están recogiendo tanto un aumento del número de casos en que los menores padecen trastornos del comportamiento como un aumento del número de denuncias por agresiones de hijos a padres.
La Dirección Xeral de Familia advierte también, desde hace ya algún tiempo, la presencia de casos en los que los padres solicitan que la Xunta de Galicia asuma la guarda de sus hijos ante su incapacidad para controlarlos.
 Asimismo se viene observando tanto un incremento general de las medidas judiciales relativas a menores como un incremento del caso concreto de la medida de internamiento terapéutico.
Estos datos reflejan pues, por si solos, la importancia de este tipo de trastornos e indican el grado de infelicidad personal y familiar que pueden estar generando.
La Consellería de Famila, Xuventude, Deporte e Voluntariado de la Xunta de Galicia, no tiene competencias en el ámbito de la salud mental, aunque sí las tiene en cuanto a la guarda y tutela de menores y en cuanto a la ejecución de medidas judiciales impuestas a menores de 18 años al amparo de la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Estas circunstancias justifican el presente escrito.
La versión sintética de este texto no se centrará en aspectos técnicos relativos a los trastornos del comportamiento, sino en los datos relativos a su incidencia y evolución en la Comunidad Autónoma de Galicia, a partir de lo recogido por la Dirección Xeral. de Familia. También se abordarán la legislación relacionada con el tema y los recursos de los que se dispone para su abordaje. Finalmente nos referiremos a las problemáticas relacionadas con la intervención a las que la Dirección debe de hacer frente y señalaremos el acuerdo al que han llegado las Consellerías de Sanidade, Educación y Ordenación Universitaria y la de Familia, Xuventude, Deporte y Voluntariado, con objeto de ordenar y coordinar las actuaciones relacionadas con la intervención en este tipo de casos.

1. INCIDENCIA Y EVOLUCIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

En este apartado, debido a que, como ya se ha dicho, la Consellería de Familia, Xuventude, Deporte e Voluntariado no tiene competencias en materia de salud mental, pero por razones de espacio nos limitaremos a aportar datos procedentes de la propia Consellería, dejando de lado los procedentes de la Consellería de Sanidade y de la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria (los que se
incluyen en una versión ampliada).

A. MENORES QUE EJECUTARON MEDIDAS JUDICIALES COMO CONSECUENCIA DE LA COMISIÓN DE DELITOS

La Consellería de Familia, Xuventude, Deporte e Voluntariado, como entidad encargada de la ejecución de las medidas judiciales dictadas por los Juzgados de Menores de la Comunidad Autónoma de Galicia, dispone de los datos de ejecución de medidas judiciales. Sabemos que no todos los menores sometidos a medidas judiciales por la comisión de actos delictivos se pueden englobar dentro de los trastornos del comportamiento, pues no todos cumplirían el criterio de “patrón repetitivo y persistente
de comportamiento ...”

Es también sabido que además del número de “delincuentes oficiales” hay una importante cifra de delincuentes “ocultos”, es decir, aquellos que nunca llegan a conocerse.
Por otra parte existe también cierto número de menores que, sin cometer actos delictivos, también se podrían incluir dentro del grupo de menores que padecen este tipo de trastornos.

A pesar de todo creemos que puede ser interesante conocer este tipo de datos.

En este sentido se hace referencia a continuación al número de menores que han estado ejecutando medidas, al número de menores que han estado, concretamente, ejecutando la medida de internamiento terapéutico y, dentro de este último grupo cuantos de ellos tenían un diagnóstico de trastorno disocial. Por último se indicará el número de menores a los que se le han impuesto medidas por malos tratos o violencia habitual sobre familiares y el número de menores que han estado cumpliendo la medida de tratamiento ambulatorio.
Los datos generales de ejecución son los siguientes: (Dado lo extenso e importate dcto. ruego seguirlo en esta direccion. cespinoza)
http://www.obelen.es/upload/101J.pdf

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