La criminóloga Claudia Cesaroni afirma que no existen argumentos para bajar la edad de imputabilidad. La especialista dará una conferencia mañana en la Universidad del Comahue. Por PABLO MONTANARO
"Si un niño de 12 años comete un hecho grave, no vamos a plantear que hay que bajar la edad de punibilidad a los 12 años", afirmó.
“Decir que el único modo en que una persona acceda a las garantías constitucionales es introducirlo en el sistema penal es por lo menos una falacia. Las garantías las tenemos todas las personas de todas las edades, el problema es que muchas veces no se cumplen ni se respetan. Es responsabilidad de los jueces aplicar las leyes y velar porque todas las garantías de todos los ciudadanos se cumplan conforme la ley”, explicó la abogada y criminóloga Claudia Cesaroni, como una de las razones para no bajar la edad de punibilidad penal a los 14 años.
Desde hace un tiempo en nuestro país se discute un proyecto de ley que modificaría la situación penal de los menores de 16 años reduciendo la edad de imputabilidad de las personas que cometan delito a 14 años.
En noviembre de 2009 la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley de responsabilidad penal juvenil y lo giró a la de Diputados. El proyecto también plantea crear un régimen especial para su juzgamiento, independientemente del contemplado para los mayores de edad, con penas reducidas y condiciones especiales.
Cesaroni brindará mañana en el Salón Azul de la Biblioteca Central de la Universidad Nacional del Comahue una charla acerca de los motivos por los cuales rechazar esta iniciativa.
Antes de su arribo a esta ciudad, La Mañana de Neuquén conversó con la especialista quien en la actualidad es directora Adjunta de la Oficina para América Latina de la Asociación de Prevención de la Tortura, con sede en Panamá, y Miembro del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (Cepoc) de Buenos Aires.
¿Por qué afirma que el único objetivo que persigue este proyecto es el castigo?
El mandato constitucional establece que el sentido de la privación de la libertad no debe ser el castigo sino la adecuada preparación para la vida en libertad. No obstante, la discusión de estos proyectos, luego de un hecho grave que involucró a un adolescente de 14 años (N. de la R.: se refiere al homicidio de Daniel Capristo, asesinado en abril de 2009 en la localidad bonaerense de Valentín Alsina, por un menor de esa edad), revela que la única finalidad es establecer políticas de castigo sobre esta población, violentando ese mandato y, sobre todo, confundiendo a las personas que creen que esta reforma le será aplicada a ese joven, lo que es absolutamente falso. No es bueno legislar sobre ninguna cuestión penal tomando como base un hecho trágico porque en general se toman medidas que no resuelven para nada ese hecho.
En los años de la última dictadura militar se había fijado la edad de punibilidad en 14 años.
Exactamente. Fue una de las primeras medidas del gobierno militar que derogó una norma establecida en 1954 durante el gobierno peronista que había sancionado la edad en 16 años en el marco de una política dirigida a la protección de la infancia (Ley 14.394). La decisión del último gobierno de facto se mantuvo en el Régimen Penal de la Minoridad, creado en 1980. Hasta que en mayo de 1983, la edad de punibilidad volvió a establecerse en los 16 años. En el Derecho Internacional de los Derechos Humanos rige el principio de no regresividad y de progresividad. Está prohibido regresar a instancias anteriores de la cobertura de un derecho, y sólo se puede avanzar en dicha cobertura.
Consideramos que la cantidad de casos que hay de adolescentes menores de 16 años no justifica que se los empiece a incluir en un proceso penal juvenil porque sigue siendo un proceso penal cuyo nudo central es la pena. Estamos de acuerdo en que tenemos que trabajar con los adolescentes involucrados en situaciones violentas o delictivas pero no a través de procesos penales sino de otros procesos de declaración de derechos porque entendemos que también son víctimas de situaciones de vulneración de derechos.
Los que están a favor de bajar la edad de punibilidad argumentan que es el único modo de brindar garantías a los adolescentes que cometen delitos graves.
Nuestro país ratificó con jerarquía constitucional la Convención sobre los derechos del niño y la Ley de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Como también todos los tratados internacionales de derechos humanos que establecen en todos los derechos a los que son acreedores cada niño que vive en nuestro país. Derechos que están relacionados a las condiciones materiales de vida, el derecho a la educación, el derecho al acceso a los servicios públicos, etcétera. El argumento es que hay algunos niños o adolescentes que cometen hechos graves que son privados de libertad pero sin respeto de sus garantías judiciales. Sancionar un régimen penal juvenil para incorporarlos a esas garantías nos parece falso porque esas garantías judiciales las tenemos todos por el solo hecho de ser ciudadanos. Si un niño de 12 años comete un hecho grave, no vamos a plantear que hay que bajar la edad de punibilidad a los 12 años para darle garantías a ese niño.
También existen muchos casos de menores involucrados en situaciones de violencia que son utilizados por un adulto.
Casi siempre que un adolescente está inmerso en una situación violenta es porque alguien con más edad y más poder lo ha utilizado. En el caso Capristo, ese adolescente de 14 años a las 3 de la madrugada con un arma en la calle. Debería estar en la casa y no en la calle, nadie debería haberle dado un arma y seguro que quien le dio el arma fue un adulto. Difícilmente robe un auto para cometer otros delitos. Lo que indican todas las investigaciones es que el adolescente recibe un arma y una paga miserable por conseguir ese auto, que luego irá a un desarmadero para que muchos de los que hoy reclaman la baja en la edad de la punibilidad compren más baratos los repuestos para sus autos. Por lo tanto, en esa cadena de circunstancias y explicaciones de por qué los adolescentes se involucran en el delito, nos parece que no hay que cortar por lo más delgado, que son los propios adolescentes, sino cumplir con la obligación de cuidarlos y protegerlos.
¿Qué consecuencias conllevaría en el caso de que los menores de 14 años comienzan a ser judicializados?
Se produciría un colapso en los institutos de menores y en todo el sistema judicial. Pero además provocaría una cuestión que me parece importante. En general, estas normas que se crean nacen rodeadas de todas las garantías, en realidad de todo lo que no se va a hacer. Por ejemplo, la idea de que los montos de las penas serían bajos. La sensación que nos produce esto es que una vez que se da este paso es muy fácil seguir profundizándolo con más soluciones punitivas. Existen varios casos en América Latina en donde se sancionaron este tipo de normas y después frente a un hecho particular o cuando asume un gobierno de mano dura la pena aumenta.
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