viernes, 17 de agosto de 2012

Psicópatas criminales versus psicópatas integrados: un análisis psicológico-forense, legal y criminológico. Pozueco Romero, José Manuel 1*


Resumen 
La Jurisprudencia española se encuentra frecuentemente ante dictámenes periciales en los que  aparecen términos como psicópata, trastorno antisocial de la personalidad, personalidad psicopática, psicópata desalmado, psicopatía epileptoide, sociopatía, etc. De esta forma, no es infrecuente que los juristas (magistrados, jueces,  fiscales, abogados) se hallen desorientados ante tanta terminología que, pese a todo, en absoluto se constituyen en sinónimos. La Doctrina, por su parte, disiente de la visión tradicionalmente ya asentada en la Jurisprudencia de que los psicópatas sean sujetos inimputables. Muchos penalistas conocen bien los textos y estudios psicológicos y psiquiátricos que al respecto existen, y en ellos suelen basarse para establecer ciertas diferencias que aparentemente son sutiles. Una de las controversias más prolongadas es si los términos trastorno antisocial de la personalidad y psicopatía son la misma entidad. La controversia se polemiza aún más por el hecho de contemplar la existencia y diferencia de los denominados psicópatas integrados con respecto a los psicópatas criminales. En esta revisión se pretende ahondar en y remarcar esas sutiles diferencias, ya que se ha demostrado reiteradamente que ambas entidades diagnósticas, si bien comparten algunos rasgos en común, no son el mismo concepto ni comportan las mismas consecuencias. 
Palabras claves:  Criminología, doctrina, jurisprudencia, PCL-R, penología, psicopatía, sociopatía, trastorno antisocial de la personalidad. 
Abstract 
Spanish jurisprudence is frequently faced with the fact that in some expert reports appear terms like psychopath, antisocial Personality disorder, psychopathic personality, cruel psychopath, epileptoid psychopathy, sociopathy, etcetera. In this way, it’s not infrequent that jurists (magistrates, judges, public prosecutors, lawyers)  became disorientated with so much terminology which, despite all, they are nothing at all about synonym terms. Doctrine, on the  other hand, dissents from the traditionally point maintained by the Jurisprudence that psychopaths are non-attributed individuals. Many penologists know very good psychological  and psychiatric manuals and research studies on subject, and they are usually based on them to make some differences which apparently are fines. One of the controversies more extended is if the terms antisocial personality disorder and psychopathy are the same category. The polemic controversy goes further by the fact of contemplating the existence and difference of the socalled “successful” psychopaths compared with criminal psychopaths. In this review, it’s pretended to go deeply into and emphasize those fine differences, now that it’s been proved repeatedly that both diagnosis categories, if it’s  of course true that they share some common features, they are neither the same concept nor involve the same consequences. 
Keywords:  Antisocial personality disorder, criminology, doctrine, jurisprudence, PCL-R, 
penology, psychopathy, sociopathy.

1. Introducción

Exceptuando aquellos períodos del Medievo en los que se creía que la psicopatía y cualquier  otra conducta y personalidad  anormales eran bien de origen demoníaco, bien de corte estrictamente hereditarista-biologicista-fisionomista-antropométrico, el resto de enfoques  teórico-investigadores han arrojado sobrada luz que, a día de hoy, y tras más de 200 años de  historia amarga y controvertida sobre el término, nos permiten haber llegado a un consenso  generalizado entre los estudiosos de la psicopatía tanto desde el punto de vista clínico-forense y  como desde el punto de vista criminológico. 
La posición legalista mantenida tanto por la Jurisprudencia como por la Doctrina es,  particularmente en España, muy confusa, quizás debido, en parte, al disenso entre ciertos  sectores científicos que no parecen ponerse de acuerdo al respecto, quizás debido a la no  familiaridad de los juristas ni con el argot psicológico-psiquiátrico ni con los grandes avances  científicos y la innumerable cantidad de investigaciones que hasta la fecha de hoy se han venido  realizando al respecto desde diversas disciplinas. 
Centrándonos en la concreta legislación española, el tratamiento jurisprudencial, penológico  y penitenciario que ha venido recibiendo el constructo de psicopatía es poco más o menos que 
una mera disputa terminológica de opiniones y disquisiciones intelectuales fundamentadas en 
argumentos legalistas pero no empíricos, todo lo cual ha ido en detrimento del normal  procesamiento judicial de muchos psicópatas al considerar en éstos alguna especie de eximentes  y/o atenuantes que realmente no se aprecian desde el punto de vista psicológico y criminológico. 
A pesar de esto, el avance empírico en el estudio de la psicopatía es imparable. 
En la presente revisión se realiza, en primer lugar, un recorrido histórico sobre el concepto  de psicopatía desde las principales ciencias sociales (Sociología, Criminología y Derecho) y de la  salud mental (Psicología, Psiquiatría y Medicina). A continuación, exponemos la criminalidad  de los psicópatas, especificando los delitos más frecuentes en los que estos sujetos están  involucrados. Posteriormente, se realiza un análisis sobre la posición jurídico-penal que han  venido teniendo los psicópatas en nuestro sistema legal desde antaño hasta la actualidad. 
Finalmente, el estudio de algunas de las sentencias más relevantes de nuestro Tribunal Supremo  nos ayudará a obtener una visión más global de la situación controversial en torno a este  concepto. 

2. Las ciencias sociales y de la salud mental ante los psicópatas

En 1996, el doctor ROBERT D. HARE escribió un artículo de revisión titulado Psychopathy: 
A clinical construct whose time has come (Psicopatía: Un constructo clínico para los tiempos  que vienen) que fue publicado en la prestigiosa revista Criminal Justice and Behavior. Sin duda  alguna, este artículo de revisión puso magistralmente de manifiesto la situación actual en la que  se encontraba la psicopatía, tanto a nivel teórico como a nivel de investigación. Se trata de uno  de los artículos más citados de entre los innumerables trabajos que ha publicado HARE y el cual  ha servido de referencia para los diversos investigadores de todo el mundo, ya que incluso ha  servido de base para la elaboración de posteriores artículos de revisión y capítulos de libro. 
Recientemente, en otro espléndido artículo de revisión español que vuelve a rememorar el  del doctor HARE (1996a), se ha puesto de manifiesto una realidad psicosocial que es la que nos 
interesa traer aquí a colación: «la psicopatía es una de las entidades clínicas más controvertidas,  y ello se debe a diversos elementos de confusión que se sitúan en dos planos distintos: el  conceptual y el terminológico» (TORRUBIA y CUQUERELLA, 2008, p. 26). 

Las fuentes históricas que nos pueden traer a la memoria ejemplos de psicópatas pueden ser  tantas como especulativa sea la imaginación de cada historiador. Sin embargo, y a pesar de que  podemos encontrar incluso referencias bíblicas e históricas de algunos personajes que más o  menos emulan al psicópata (MOLTÓ y POY, 1997), lo cierto es que la psicopatía no comenzó a  tomar forma como un constructo clínico con entidad  propia hasta principios de 1940, fundamentalmente con la influyente obra del psiquiatra norteamericano HERVEY MILTON  CLECKLEY: The Mask of Sanity (La Máscara de la Cordura). 


2.1. La Psiquiatría Médica: De la manie sans délire a las personalidades psicopáticas
Conocida generalmente en aquellos tiempos como la folié raisonnante (“locura razonante”),  el médico-psiquiatra francés PHILIPPE PINEL publicó en 1801 un Tratado Médico-Filosófico sobre la  Alienation Mentale que, sin duda, dejó huella en los coetáneos y en los posteriores  estudiosos de las enfermedades mentales, huella que afectó negativamente al concepto de  psicopatía, ya que comenzó a llamárseles a estos sujetos con epítetos tan peyorativos y  esperpénticos como los de imbéciles morales, idiotas morales,  degenerados constitucionales,  insanos morales, etc. En definitiva, al psicópata se le ha venido llamando de todo menos por su  nombre. 
Sin lugar a dudas, este tipo de etiquetas y/o nomenclaturas terminológicas peyorativas  fueron las responsables de irle creando al concepto de psicopatía una mala posición en las  indagaciones de aquellos albores y una mala prensa  en la actualidad. Es evidente que la  psicopatía se ganó una muy mala reputación, precisamente, debido a la incapacidad de aquellos  clínicos de antaño tanto por llegar a un consenso general –en cualquier caso, una empresa  imposible en aquellos tiempos, con tantas escuelas  o corrientes como había– como por la  imposibilidad de delimitar científicamente las ostensibles hoy en día diferencias entre los  psicópatas y los que lo parecen. 

Como bien ha advertido el profesor GARCÍA-PABLOS DE MOLINA (2003), desde que en 1896, en la primera edición de su obra seminal, definiera KRAEPELIN la personalidad psicopática, la doctrina psiquiátrica ha polarizado en torno a esta categoría buena parte del debate científico. 
En el momento de verificar posibles conexiones entre anomalía o trastornos psíquicos y crimen, el concepto de psicopatía ha ocupado un papel estelar, a pesar de que su delimitación no concite precisamente consenso alguno –con razón se ha dicho que no existe “el” psicópata (GÖPPINGER, 1975), ni dos psicópatas iguales–: el número y la heterogeneidad de las personalidades psicopáticas –tipologías–, la etiología muy diversa que se atribuye a tales cuadros clínicos y los rasgos de personalidad descritos en cada caso demuestran la complejidad del problema. 
Fue el psiquiatra alemán EMIL KRAEPELIN quien en 1903, con la séptima edición de su influyente obra Psychiatrie: Ein Lehrbuch, (Psiquiatría: Un Manual) vino a poner un poco de sentido al sinsentido histórico que el concepto de  psicopatía había recorrido hasta entonces. 
Aunque seguían resonando ciertos ecos de la antaño  manía/locura sin delirio, KRAEPELIN comenzó a hablar de los estados psicopáticos y, sobre todo, de las personalidades psicopáticas. (DOLAN y COID, 1993; MELOY, 1988). Ya en esta época, él fue quien primero advirtió que los psicópatas ni se encontraban recluidos dentro de los sanatorios mentales –los llamados, por aquel entonces,  manicomios– ni mucho menos que sólo se circunscribían al submundo delincuencial. 

Veinte años después, en 1923, el doctor KURT SCHNEIDER, otro psiquiatra alemán y pupilo de KRAEPELIN, tomó el testigo de éste y lo plasmó en su obra  Die Psychopathischen Personlichkeiten (Las Personalidades Psicopáticas), sin duda la obra más influyente en los postulados teóricos y nosológicos de las posteriores clasificaciones psiquiátricas internacionales, tanto las de la AMERICAN PSYCHIATRY ASSOCIATION –APA– como las de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD –OMS–. 
Lo que hizo SCHNEIDER (1923) fue poner de manifiesto que existían hasta diez subtipos de personalidades psicopáticas: hipertímicos, deprimidos, miedosos, fanáticos, vanidosos, lábiles, explosivos, fríos, abúlicos y asténicos. Se trata de diez subtipos que, curiosamente, se parecen sobremanera a los actuales diez trastornos de la personalidad recogidos en el DSM IV-TR de la APA (2000). Otra de las novedades que hizo notar este autor fue advertir sobre lo que ya había apuntado su mentor, es decir, que los psicópatas se encontraban también fuera de los contextos penitenciarios. En general, y muy conocida, la fórmula de SCHNEIDER definía las personalidades psicopáticas con una frase que ya ha quedado para la posteridad: «aquéllas que por su anormalidad sufren o hacen sufrir a la sociedad» (SCHNEIDER, 1943, p. 17). 
Aunque las personalidades psicopáticas de KRAEPELIN y de SCHNEIDER supusieron un cierto nuevo aire en la comprensión del concepto de psicopatía tal y como lo entendemos en la actualidad, quizás lo único que podríamos reprocharle a ambos es el hecho de que enmarcaran la psicopatía dentro de un sistema de clasificación psicopatológico en el que, en ningún caso, tiene hoy cabida este constructo, ya que, precisamente, una de las características esenciales de la psicopatía es, como ya subrayó CLECKLEY (1941, 1976), la  ausencia de manifestaciones psicopatológicas de cualquier tipo. 

2.2. La Psicología Criminal y Forense: Psicópatas subclínicos versus psicópatas puros.
Y esto es precisamente lo que vino –tal como se refleja en el subtítulo de su libro– a aclarar el doctor HERVEY MILTON CLECKLEY en 1941, con su ya clásica obra citada antes: The Mask of Sanity. Tras la quinta edición de esta obra, en 1976, fue el doctor HARE quien, posteriormente, elevara a la categoría de empíricas las observaciones y descripciones clínicas tan precisas que realizara CLECKLEY con el estudio de sus propios pacientes. 

2.2.1. Los psicópatas subclínicos o “socializados” .
Como decíamos, en 1941 apareció publicada la primera edición de esa obra, que sin duda  marcaría un entonces y un después en la comprensión de la psicopatía como un constructo  clínico-forense válido y fiable para los tiempos modernos y los nuevos estilos de ser y de vida. El doctor CLECKLEY puso el foco de atención en los  aspectos personales y emocionales del psicópata, más que en sus características o  rasgos conductuales, a los que otorgó su debida 
importancia, pero siempre en base a lo que ocurría  en la mente y sentimientos de estos  individuos. 
Así, la nueva hipótesis o concepto que formuló CLECKLEY en 1941 fue el de  afasia  semántica. Este autor describía la mente y pensamiento del psicópata del siguiente modo: 
Cuando examinamos a un psicópata, los procesos lógicos del pensamiento funcionan  perfectamente (…) En un análisis de su discurso verbal, todos los juicios de valor y las apreciaciones emocionales son correctos (…) Sin embargo, esa capacidad aparente es incapaz de guiar de modo  efectivo el comportamiento del sujeto: sólo cuando  el sujeto conduce su vida podemos encontrar  evidencia de lo poco que esa comprensión teórica que posee significa para él (…) Lo que tomamos  como evidencia de su cordura no influirá de modo sustancial o consistente en su comportamiento. 

El psicópata muestra la más absoluta indiferencia ante los valores personales, y es incapaz de  comprender cualquier asunto relacionado con ellos. No es capaz de interesarse lo más mínimo por  cuestiones que han sido abordadas por la literatura o el arte, tales como la tragedia, la alegría o el esfuerzo de la humanidad en progresar. También le tiene sin cuidado todo esto en la vida diaria. La  belleza y la fealdad, excepto en un sentido muy superficial, la bondad, la maldad, el amor, el horror y  el humor no tienen un sentido real, no constituyen una motivación para él. También es incapaz de  apreciar qué es lo que motiva a otras personas. Es como si fuera ciego a los colores, a pesar de su  aguda inteligencia, para estos aspectos de la existencia humana. Por otra parte, es inútil explicarle  dichos aspectos, ya que no hay nada en su conocimiento que le permita cubrir esa laguna con el auxilio de la comparación. Puede, eso sí, repetir las palabras y decir que lo comprende, pero no hay  ningún modo para que se percate de que realmente no lo comprende (CLECKLEY, 1941, pp. 90-91).
Ya lo expresaron más gráficamente JOHNS y QUAY (1962) cuando señalaron que el  psicópata «se sabe la letra, pero no la música». Por tanto, en este sentido, se hace necesario distinguir en los psicópatas entre una conciencia intelectual y una conciencia moral (POZUECO ROMERO, 2010b), y siempre en referencia a las conductas que ejecutan. En pocas palabras, esta distinción se basaría en lo siguiente: saben lo que hacen, pero no les importan en absoluto las cicatrices psicológicas y/o emocionales que dejan con sus actos. Entonces, ¿podemos decir que falla algo dentro de la conciencia del psicópata? En caso de que fallare algo, ¿de qué se trataría? ¿Se tratará de un déficit cognitivo? ¿Se tratará de esa especie de demencia o afasia semántica? ¿Es posible que los psicópatas no piensen en voz alta? ¿Y en voz baja? Esta última es la verdadera conciencia, esa que todos conocemos y describimos generalmente como “una vocecilla interior que nos dice lo que está bien y  lo que está mal”, algo así como “el diablillo bueno y el malo”, en suma: el centinela de nuestra conciencia. 
Parece evidente que, en los psicópatas, la lógica del razonar sensatamente y de la conversación interior –en voz baja– permanecen ausentes. Incluso las conversaciones exteriores, dirigidas a los demás, de estos individuos encierran una gran multitud de incongruencias y de saltos inopinados de un tema a otro, como si parecieran, sin serlo, como los esquizofrénicos, los cuales presentan un descarrilamiento del lenguaje muy ostensible.

Pero los psicópatas, insistimos, ni deliran, ni viven en otro mundo, ni han perdido el juicio. 
Sin embargo, como acertadamente señala el profesor  VICENTE GARRIDO en su libro  El  Psicópata, el problema en todo esto es que el psicópata puede enmascarar fácilmente esas disonancias o incongruencias lingüísticas mediante sus espectaculares dotes de manipulador y por su gran encanto superficial.   Ahora, eso sí: en cierto modo podemos “detectar” algunas de esas incongruencias si seguimos y estamos atentos a un principio básico, esencial,  con el que podemos desenmascararlo en buena medida: se trata, simplemente, de comparar lo que dice con lo que hace. 
Hay que tener en cuenta que los psicópatas presentan una enorme discrepancia entre su discurso verbal y sus actos. Esto es precisamente lo que llevó al doctor CLECKLEY a formular su conocida y difundida hipótesis de que el psicópata pudiera sufrir una especie de demencia o afasia semántica, postulando la existencia de «una anormalidad o defecto en un nivel profundo que perturba la integración y la apreciación normal de la experiencia». Tras formular su hipótesis, no tardaron los científicos de laboratorio en tratar de probar la verosimilitud de la misma a través de una pluralidad de técnicas de investigación biomédicas y estudios de psicológicos de laboratorio, pero siempre con muestras de psicópatas encarcelados, y, más en concreto, con delincuentes comunes que, por lo general, suelen ser diagnosticados de TAP, de ahí muchos de los resultados contradictorios en la investigación actual.

La hipótesis de CLECKLEY sobre la afasia semántica  es muy sugerente, pero requeriría de muchos matices, objeto de análisis para un estudio aparte. En la presente revisión, lo que nos  interesa son los 16 rasgos o características clínico-descriptivas que en la edición de 1976 nos  ofreció este autor sobre los que él consideraba como psicópatas “subclínicos”, descripciones que realizó tras largas observaciones de años de trabajo con pacientes de su propia consulta. En la Tabla 1 enumeramos el listado de 16 características. 

TABLA 1. Los 16 rasgos o características clínicas del psicópata, según HERVEY M. CLECKLEY (1976)
1. Encanto superficial y notable inteligencia.
2. Ausencia de delirios y de otros signos de pensamiento irracional.
3. Ausencia de nerviosismo y de manifestaciones psiconeuróticas.
4. Poco fiable, indigno de confianza, irresponsable.
5. Falsedad o insinceridad.
6. Incapacidad para experimentar remordimiento o vergüenza.
7. Conducta antisocial sin motivo aparente o que la justifique.
8. Falta de juicio y dificultades para aprender de la experiencia.
9. Egocentrismo patológico e incapacidad de amar.
10. Pobreza o escasez generalizada de reacciones afectivas básicas.
11. Pérdida específica de insight (intuición).
12. Insensibilidad en las relaciones interpersonales ordinarias.
13. Conducta desagradable y exagerada bajo los efectos del alcohol y, a veces, sin él.
14. Amenazas de suicidio raramente consumadas.
15. Vida sexual impersonal, frívola y poco integrada o estable.
16. Incapacidad para seguir cualquier plan de vida (o proyecto a largo plazo).

Durante las últimas décadas, el psiquiatra norteamericano HERVEY CLECKLEY se ha  convertido en un referente principal para los estudiosos de la psicopatía (PATRICK, 2006).  Como decíamos, fue en la quinta edición de su The Mask of Sanity, publicada en 1976, donde el  doctor CLECKLEY expuso y especificó estos 16 rasgos psicopáticos, haciendo la primera  descripción comprehensiva del psicópata prototípico e intentando clarificar el problema de las 
terminologías y contrarrestar la tendencia a incluir bajo el rótulo de psicopatía trastornos muy  diferentes. 
A diferencia de otras posturas anteriores, CLECKLEY (1976) consideraba que la psicopatía era un trastorno grave –más peligroso incluso que la psicosis– debido a su apariencia externa  de normalidad. En su opinión, el comportamiento antisocial de los psicópatas es sólo una de las  posibles manifestaciones de un síndrome clínico más amplio, cuyo núcleo está representado por  una serie de características distintivas a nivel emocional e interpersonal. Es por ello que este  autor concibió al psicópata como un individuo de trato social aparentemente agradable pero  altamente asocial, superficial e impulsivo. 

Aunque algunos de los criterios, ítems o rasgos psicopáticos formulados por CLECKLEY son  indicadores de desviación social, este autor mantenía que la conducta antisocial y destructiva, por sí misma, no era suficiente para establecer un  diagnóstico de psicopatía, aconsejando  distinguirla de la  criminalidad común. De hecho, contempló la posibilidad de que las  personalidades psicopáticas no se encuentran únicamente en las instituciones penitenciarias,  sino también en algunas de las posiciones sociales más respetadas, como científicos, médicos,  psiquiatras, juristas y hombres de negocio (CLECKLEY, 1976). 
CLECKLEY se refirió a estos casos como  manifestaciones subclínicas del trastorno al  considerar que el concepto de “trastorno” implicaba un cierto grado de incapacidad o desajuste social. Sin embargo, este autor enfatizó que se trataba de manifestaciones alternativas de la misma patología que subyace a los casos clínicos, ya que los casos subclínicos muestran signos de experimentar reacciones internas similares a las de los casos clínicos. Es por esta razón por la que, en términos alegóricos, sugirió que el psicópata padece demencia semántica, pues no es capaz de comprender las experiencias genuinamente humanas en profundidad, aunque finge entenderlas. Es decir, el psicópata es capaz de imitar la moral y otros sentimientos sutiles del ser humano y tampoco tiene dificultad alguna en entender las normas de la interacción social, pero le faltan las emociones asociadas a dichas reglas. 
La existencia de los psicópatas “subclínicos” que CLECKLEY puso de relieve, como veremos luego, dio lugar a una sucesiva e imparable retahíla de términos que vienen a ser la misma entidad. Según este autor, lo que verdaderamente diferencia a los psicópatas que continuamente entran y salen de las prisiones o los hospitales psiquiátricos y a los psicópatas “con éxito” es que, en estos últimos, la apariencia de normalidad es mucho más firme (CLECKLEY, 1976).
2.2.2. Los psicópatas criminales o “puros” .
El legado de los 16 criterios de la psicopatía propuestos por CLECKLEY es innegable. Estos rasgos han sido utilizados como un tipo de definición operativa de la psicopatía, en un principio, para realizar evaluaciones clínicas globales y, posteriormente, como un listado o conjunto de escalas de evaluación (HARE, 1980, 1985, 1991, 2003b). 
Fue precisamente el doctor ROBERT D. HARE, profesor emérito en la Facultad de Psicología de la Universidad de British Columbia (Canadá), quien, partiendo de las características señalas por CLECKLEY, fue elaborando su conocido instrumento de evaluación de la psicopatía desde 1980 hasta 1991 que fue publicado formalmente: se trata del  Psychopathy Checklist-Revised(PCL-R), del que recientemente, en 2003, se ha publicación su segunda edición, incluyendo esta vez datos normativos de la población reclusa femenina. 

En términos operativos, el concepto de psicopatía aportado por HARE en su PCL-R se distingue de los trastornos o cuadros psicopatológicos por un patrón característico de síntomas en tres planos o niveles: afectivo, interpersonal y conductual (HARE, 1991, 1993, 1996a). Así, en el plano  afectivo, estos individuos se caracterizan por experimentar emociones lábiles y superficiales, por su falta de empatía, de ansiedad y de sentimientos genuinos de culpa o remordimiento, así como por su incapacidad para establecer vínculos duraderos con personas, principios u objetivos. En el plano interpersonal, son arrogantes, egocéntricos, manipuladores, dominantes y enérgicos. Finalmente, en el plano conductual, son irresponsables, impulsivos y buscadores de sensaciones; suelen trasgredir con facilidad las normas sociales, y se caracterizan por un estilo de vida socialmente inestable que incluye comportamientos parasitarios y faltos de planificación. Entre las expresiones más obvias de estas tendencias de personalidad, HARE y su grupo destacaron la conducta criminal, el abuso de  sustancias y el fracaso en cumplir con las obligaciones sociales o en hacerse cargo de las responsabilidades (HARE, 1991; HART, HARE y HARPUR, 1992). 
En la Tabla 2 exponemos los primeros 22 ítems originales de la psicopatía que sirvieron a  HARE para que, entre 1980 y 1985, elaborase un borrador del instrumento de evaluación de la psicopatía –llamado PCL (HARE, 1980, 1985)– con el  cual se hicieron numerosas investigaciones que, posteriormente, dieron lugar a su revisión –el PCL-R (HARE, 1991)–. 

TABLA 2.  Los 22 rasgos o características forenses del psicópata, según ROBERT D. HARE (1980,1985)
1. Locuacidad / Encanto superficial.
2. Diagnóstico previo de psicopatía (o similar).
3. Egocentrismo / Sensación grandiosa de la autovalía.
4. Propensión al aburrimiento / Baja tolerancia a la frustración.
5. Mentira patológica y decepción.
6. Dirección / Falta de sinceridad.
7. Falta de remordimiento y culpabilidad.
8. Falta de afecto y escasa profundidad emocional.
9. Insensibilidad / Falta de empatía.
10. Estilo de vida parásito.
11. Colérico / Falta de control conductual.
12. Relaciones sexuales promiscuas.
13. Problemas de conducta precoces.
14. Falta de metas realistas a largo plazo.
15. Impulsividad.
16. Conducta irresponsable como padre o madre.
17. Relaciones maritales frecuentes.
18. Delincuencia juvenil.
19. Elevado riesgo bajo parole o probation.
20. Incapacidad para aceptar la responsabilidad de sus actos.
21. Varios tipos de delitos.
22. Abuso de drogas o alcohol no directamente causados por la conducta antisocial.

 Como decimos, tras este primer listado original de 22 ítems psicopáticos, HARE y su grupo  fueron realizando varios cambios en el listado para construir uno que fuera sencillo de utilizar.  Estos cambios incluyeron eliminar dos ítems, uno porque era difícil de puntuar –ítem 22, “Abuso de drogas o alcohol no causado directamente  por la conducta antisocial”– y el otro porque proporcionaba poca información útil –ítem 2, “Diagnóstico previo de psicopatía”–. El ítem 16 –“Conducta irresponsable como padre”– fue cambiado por “Irresponsabilidad” en  general. Otros títulos también fueron levemente modificados sin alterar la naturaleza de la característica de conducta a la que se refiere el ítem. Los ítems y procedimientos de puntuación actuales están descritos con más detalle que anteriormente, y algunas dificultades y aparentes inconsistencias en los criterios de puntuación fueron convenientemente revisadas.

El resultado de todas estas revisiones fue el actual Listado de Psicopatía de 20 ítems. Teniendo en cuenta todo este perfil en sus tres planos y el original PCL de los años ochenta, el doctor HARE comenzó a elaborar su actual PCL-R, en el cual se encuentran explicitados los actuales 20 rasgos esenciales del  psicópata criminal o “puro”. Dado que la psicopatía  enmarcada en el PCL-R puede entenderse también como una dimensión o como un continuo –en el que los sujetos van desde nada psicopáticos (0 puntos) hasta psicópatas puros (40 puntos)–, las variaciones de “psicópatas” que pueden surgir son múltiples, muy variadas y, en absoluto, nada desdeñables. En cualquier caso, el concepto completo de psicopatía es, justamente, ése que viene caracterizado por los citados 20 rasgos que al principio, en 1991, fueron divididos en  dos factores y que más modernamente, en 2003, ha seguido la misma estructura factorial, pero con la novedad de haberlos separado por  facetas –concretamente cuatro– y de haber incluido datos normativos sobre población penitenciaria femenina. 

En la Tabla 3 se expone el listado exacto de los 20 rasgos psicopáticos según las facetas a que corresponden. 

TABLA 3. Los 20 rasgos o características del psicópata “puro”, según ROBERT D. HARE (2003b)
Faceta 1
Interpersonal
1. Locuacidad y encanto superficial.
2. Sentido desmesurado de autovalía.
4. Mentiroso patológico.
5. Estafador/engañador y manipulador.
Factor 1
Interpersonal /Afectivo
Faceta 2
Afectiva
6. Ausencia de remordimientos o sentimientos de culpa.
7. Afecto superficial y poco profundo.
8. Insensibilidad afectiva y ausencia de empatía.
16. Incapacidad para aceptar la responsabilidad de sus propios actos.
Factor 2
Desviación Social
Faceta 3
Estilo
Impulsivo /Irresponsable
3. Necesidad de estimulación y tendencia al aburrimiento.
9. Estilo de vida parásito.
13. Ausencia de metas realistas a largo plazo.
14. Impulsividad.
15. Irresponsabilidad.
Faceta 4
Antisocial
10. Pobre autocontrol de sus conductas.
12. Problemas de conducta en la infancia.
18. Delincuencia juvenil.
19. Revocación de la libertad condicional.
20. Versatilidad criminal. Ítems que no saturan en ningún factor ni faceta
11. Conducta sexual promiscua.
17. Frecuentes relaciones maritales de corta duración.


Dado que este instrumento de evaluación emplea una escala de puntuación tipo LIKERT, la suma de las evaluaciones individuales de los ítems proporciona una puntuación total en e PCLR entre 0 y 40, indicativa del número de rasgos y conductas psicopáticas mostradas por un determinado sujeto (HARE y HART, 1993), y representativa del grado en que éste se aproxima al psicópata prototípico descrito por CLECKLEY (1941, 1976). Según el autor de este instrumento de evaluación, una puntuación igual o superior a 30 es la puntuación de corte a partir de la cual se puede establecer el diagnóstico de psicopatía; asimismo, las puntuaciones medias –iguales o inferiores a 29– podrían estar indicando la presencia de graves trastornos psicopatológicos o psiquiátricos –por ejemplo, esquizofrenia paranoide–. 
Uno de los aspectos más importantes de este listado de 20 rasgos psicopáticos es que el concepto de psicopatía está operacionalizado empíricamente a través del PCL-R, siendo el único instrumento de evaluación de la psicopatía fiable y valido en contextos penitenciarios, que fue para la población para la que se creó; existen otros instrumentos derivados de éste e igualmente válidos y fiables para ser utilizados en contextos clínico-forenses y civiles con población adulta (PCL:SV; P-SCAN; B-SCAN), así como con población infanto-juvenil (APSD y PCL:YV). 
Aunque muchos investigadores han pretendido medir la psicopatía mediante subescalas de tests más amplios, huelga decir que cualquier otra  subescala que dice medir psicopatía no es  válida –como, por ejemplo, la clásica escala Pd o de  desviación psicopática del MMPI–, de modo que establecer un juicio clínico-forense de “psicopatía” a través del empleo de este tipo de subescalas ni es correcto ni es psicopatía  sensu stricto; a lo sumo, podría ser un indicativo de tendencias psicopáticas, las cuales habría que contrastarlas a través del uso de los PCL. 

2.2.3.  Los modernos psicópatas “predelincuentes”, “con éxito” o “integrados”. 
Decíamos anteriormente que los psicópatas “subclínicos” observados por CLECKLEY en su propia consulta privada generaron un gran interés –que aún hoy permanece vigente, incluso con mayor ímpetu– en conocer si existen los que más modernamente han sido denominados como psicópatas “predelincuentes” o “subcriminales” (HARE, 1993, 2003a), psicópatas “exitosos” o “con éxito” (WIDOM, 1976, 1977, 1978; BABIAK, 1995a, 1995b, 1996a, 1996b,2000; BABIAK y HARE, 2003, 2006; HARE y BABIAK, 2004; LILIENFELD y WIDOWS, 2005; HALL y BENNING, 2006; KRUEGUER, 2006; LILIENFELD y FOWLES, 2006; PATRICK, 2010) o psicópatas “integrados” (GARRIDO GENOVÉS, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004; MARIETÁN, 2008; POZUECO ROMERO, 2009, 2010b, 2011a, 2011b), es decir, individuos psicopáticos –con algunos rasgos de la psicopatía– que, sin ser técnicamente delincuentes, logran triunfar en profesiones socialmente bien consideradas (KRAEPELIN, 1896; SCHNEIDER, 1923; CLECKLEY, 1941, 1976; HARE, 1993; WIDIGER y CORBITT,1993; TORMO, 2007; TORRUBIA y CUQUERELLA, 2008).
En su influyente libro  Without Conscience, el doctor HARE (1993) vino a poner en conocimiento de la sociedad en general la existencia de este tipo de individuos, a los que él calificó de “predelincuentes”. Estableciendo la diferencia con los delincuentes comunesmultireincidentes, el propio autor, en extensión, asevera lo siguiente:  Muchos psicópatas se pasan la vida entrando y saliendo de cárceles y correccionales. La pauta característica es ir de un trabajo u otro a la prisión y después vuelta a las calles, vuelta a la prisión (quizás a un centro de salud mental) y después fuera otra vez. En los hospitales psiquiátricos no suelen pasar mucho tiempo ya que, muy pronto, el personal de da cuenta de que el psicópata sólo da problemas e interrumpe la rutina institucional. Son como pelotas de ping pong fuera de control. 
Sin embargo, muchos psicópatas nunca ingresan en la cárcel ni en ningún otro centro. Parece que funcionan razonablemente bien –son abogados, médicos, psiquiatras, mercenarios, oficiales de policía, líderes religiosos, militares, hombres de  negocios, escritores, artistas y demás–, sin contravenir la ley o, al menos, sin que les cojan. En realidad, son tan egocéntricos, insensibles y manipuladores como el resto de psicópatas; sin embargo, su inteligencia, su familia, sus habilidades sociales y sus circunstancias les permiten construir una fachada de normalidad y obtener lo que desean con relativa impunidad. 

Algunos estudiosos los llaman “psicópatas con éxito”. Otros opinan que individuos de esa clase benefician a la sociedad. Según este argumento, debido a que son capaces de ignorar las normas sociales, los psicópatas inteligentes pueden trascender los límites del pensamiento convencional, aportando una chispa de creatividad a las artes, el teatro, el diseño y demás. Bajo mi punto de vista,por mucho que aporten, lo importante son los corazones rotos que dejan, las carreras que destrozan y la gente utilizada que dejan en el camino, y todo en nombre de su necesidad de “expresar su verdadero yo”. 
Antes que llamarlos psicópatas con éxito –después de todo, su éxito es frecuentemente ilusorio y siempre a expensas de otros–, prefiero darles el apelativo de psicópatas  predelincuentes [subcriminales]. Su conducta, aunque técnicamente no ilegal, violan los criterios éticos que tenemos la mayoría y se coloca en esa zona gris de la ley. Los psicópatas predelincuentes exhiben la misma conducta y actitud en todas las áreas de su vida, a diferencia de la gente que conscientemente adopta una actitud egoísta y sin escrúpulos en sus negocios, pero que son razonablemente honestos en otras áreas de su vida. Si mienten y engañan en su trabajo –y salen bien parados de ello e incluso los  admiran– mentirán y engañarán en otras áreas de su vida (HARE, 1993, pp. 113-114). 

Como decimos, a estos mismos sujetos, otros autores los han denominado psicópatas “con éxito” o psicópatas “integrados”. Así, independientemente del calificativo que empleemos para denominarlos, este tipo de sujetos tienen siempre el mismo perfil: todos aquellos psicópatas adultos que hasta el momento de su detención o hasta que los desenmascararon pasaban por ciudadanos ejemplares, en realidad, no aparecieron ni aparecen de la nada: «eran las mismas personas antes y después de su detención y/o desenmascaramiento. Son psicópatas ahora y eran psicópatas antes» (HARE, 1993).

2.3. La Sociología Criminal o de la Desviación: Los sociópatas.
A finales y principios de los años 30 del pasado siglo, los sociólogos estudiosos de la conducta desviada y criminal no estaban en absoluto de acuerdo con el término  psicópata, de ahí que autores como GEORGE EVERETT PARTRIDGE propusiera el término  sociopatía como sustituto para tratar de acabar con la duradera y ácida polémica teórico-conceptual existente (PARTRIDGE, 1927, 1930). 
En una revisión de la investigación y la teoría realizada durante los 50 años anteriores sobre la “categoría esquiva” de la  personalidad psicopática, el conocido psiquiatra británico Sir AUBREY LEWIS (1974) comentó lo siguiente: 
Este trastorno revela una preocupación por el estado nosológico del concepto… sus implicaciones forenses, sus subdivisiones, sus límites [y] la propiedad de identificar la personalidad psicopática con un comportamiento antisocial. El efecto de la lectura de textos literarios aparentemente sólidos es descorazonador; existe una cantidad enorme de teorías inútiles y polémicas repetitivas, y una gran oscuridad terapéutica (LEWIS, 1974, pp. 137-138). 
Setenta años antes ya se habían cuestionado los mismos aspectos, en especial si la personalidad psicopática era o no sinónimo del verdadero  comportamiento antisocial. La revisión detallada de PARTRIDGE (1930) sobre el concepto de la psicopatía, que prevalecería después, comienza del siguiente modo: 
Las ideas relacionadas con la personalidad psicopática están ampliamente esparcidas en los ámbitos psiquiátrico y criminológico. Mucho de lo que se ha escrito es casi incidental cuando se estudia la delincuencia en general; algunos se refieren a los diferentes tipos de trastornos mentales en los que están implicadas las desviaciones de la personalidad (PARTRIDGE, 1930, p. 53). 

En relación con la cuestión de si la psicopatía y el comportamiento antisocial son una sola cuestión, PARTRIDGE estableció lo siguiente: 
Comparativamente, se ha prestado poca atención [psicopatológica] a las desviaciones de la personalidad que, aunque distintas, no se expresan en comportamientos antisociales. 
Existe la creencia de que al menos algunos tipos crónicos de comportamientos desviados son las extensiones visibles de los aspectos profundos de la personalidad (PARTRIDGE, 1930, p. 75). 
Por otro lado, al comentar las  relaciones halladas entre la psicopatía diagnosticada y las historias recogidas de comportamientos criminales o delincuentes, PARTRIDGE puntualizó lo 
siguiente: 
En la producción de la delincuencia en general, la importancia de la psicopatía ha recibido cierta atención. Hemos visto que algunos encuentran una gran proporción de personalidades psicopáticas en grupos criminales o entre los delincuentes en general, y algunos sólo parecen encontrar una pequeña proporción (PARTRIDGE, 1930, p. 93). 

En la conclusión de su análisis, PARTRIDGE se preguntó si la tendencia de los nosólogos(los psiquiatras de la época) a centrarse en los comportamientos antisociales, a expensas de la  estructura profunda de la personalidad y sus variantes psicopáticas, reflejaba simplemente que estos comportamientos eran muy “obvios”. Sobre este respecto, el autor opinaba lo siguiente: Una razón por la que se ha generado confusión sobre los llamados psicópatas es que, en estos casos, las desviaciones de la personalidad aparecen en edades muy tempranas y en una forma distinta… La principal diferencia… reside en que las formas  sociopáticas son más objetivas simplemente en sus manifestaciones o patrones adaptativos, o al menos son las que más fácilmente pueden observarse (PARTRIDGE, 1930, pp. 98-99). 
A medida que los nuevos conceptos y teorías del psicoanálisis se fueron consolidando durante la década de los años veinte, las nociones preliminares y más extendidas en relación con el  carácter de los psicópatas fueron el objeto/tópico principal de las publicaciones de los clínicos, cada uno de los cuales partía de su escuela de pensamiento. La mayoría se vieron enfrascados en esta tarea gracias a un texto de FREUD (1915/1925) titulado «Algunos tipos de carácter observados con el trabajo psicoanalítico»; en este texto, FREUD describió «actos peculiares» que no parecían ser propios del carácter del individuo. Al exponer la dinámica subyacente a un subgrupo de estos casos, refiriéndose a la «criminalidad a partir de un sentido de culpa» –los denominados  delincuentes por sentimientos de culpa–, FREUD escribió lo siguiente: 
El trabajo analítico lleva a la sorprendente conclusión de que tales acciones se producen precisamente porque están prohibidas y, al llevarlas a cabo, la persona disfruta de una sensación de alivio mental. Sufren una sensación aprensiva de culpa, de la que no conocen el origen, y, una vez que han cometido la acción prohibida, la opresión se mitiga (FREUD, 1915, p. 342).
Este texto freudiano fue el desencadenante de numerosos trabajos clínicos de otros psicoanalistas y neopsicoanalistas. Entre los que se escribieron desde principios hasta mediados de los años veinte cabe citar el «Joven díscolo» de AICHHORN, el estudio de REICH sobre «El carácter esclavizado por el impulso», el análisis de ABRAHAM sobre la vida e «Historia de un  impostor», y los trabajos de ALEXANDER en torno al «carácter neurótico». 
Aunque PARTRIDGE lo intentó y los psicoanalistas continuaban sin salir de sus clásicas explicaciones de tipo circular (HARE, 1993), la propuesta de emplear el término  sociopatía como sustituto del de psicopatía no llegó a buen puerto (POZUECO ROMERO, 2001, 2010b). Si bien es cierto que actualmente algunos autores norteamericanos de libros populares prefieren emplear el término sociopatía, la mayoría de los científicos sigue manteniendo la nomenclatura tradicional de  psicopatía, estableciendo sutiles diferencias. Así, mientras  el problema subyacente del psicópata se encuentra en “algo” interno a su misma estructura de personalidad, el de los sociópatas descansaría, más bien, en la estructura de las características de la sociedad de cada momento (LYKKEN, 1995). 
Lejos de posicionarnos en uno u otro sentido, es mi opinión que ambos conceptos, si bien no son totalmente contradictorios, pueden emplearse –pero no indistintamente, ni tampoco como si fueran intercambiables– siempre y cuando estas diferencias se hagan notar, se subrayen (POZUECO ROMERO, 2001).
Ante todo este panorama, es posible que las numerosas tipologías existentes de psicópatas tampoco hayan contribuido a clarificar el concepto  más general de psicópata, el cual sigue siendo actualmente impreciso para algunos autores.  Lamentablemente, los amplios esfuerzos doctrinales de, por ejemplo, M. CRAFT han sido desoídos con frecuencia. En su influyente obra Psychopathic Disorders and Their Assessment, CRAFT (1966), después de revisar el desarrollo histórico de esta categoría tan ambigua, concluyó que dos son los rasgos distintivos de una personalidad psicopática: 1) una incapacidad para responder emocionalmente en situaciones en las que se esperaría alguna respuesta, tratándose de una personalidad normal; y 2) una irresistible tendencia a actuar impulsivamente. En base a esto, el autor estableció que de estos dos rasgos distintivos generales se derivarían otros rasgos secundarios: agresividad, ausencia de sentimiento de culpa, falta de motivación o pulsión positiva, no influenciabilidad por el temor al castigo, etc. 
Por otra parte, recientemente se han venido realizando diversos estudios empíricos que han probado que las tipologías de psicópatas no sólo diversas sino, además, necesarias. Tal es  el caso de, por ejemplo, la investigación llevada a cabo por HUGUES F. HERVÉ, J. YONG HUI LING y ROBERT D. HARE, presentada como ponencia en una Conferencia celebrada en New Orleans bajo el título de La Psicopatía Criminal y los Subtipos (HERVÉ, LING y HARE, 2000). 

Partiendo de la base de que el concepto de psicopatía contenido en el PCL-R se componede  las cuatro facetas anteriormente expuestas, se podría hablar de subtipos de psicópatas. Al mismo tiempo, considerando que este instrumento consta de 20 ítems o rasgos, existen distintas combinaciones que pueden llevar a que se obtenga un puntaje elevado –es decir, igual o mayor que 30–, debiendo tener al menos 2 puntos en 10 ítems y 1 en los demás.  Como ya estableciera HARE (1996a), la psicopatía puede considerarse, en vistas de la polémica generada al respecto, tanto una  categoría discreta –o taxón– como una  categoría continua –es decir, un continuo dimensional que, según las puntuaciones del PCL-R, puede ir desde más a menos psicopático–. En consecuencia, no todas las personas que delinquen y que obtienen un puntaje elevado en el PCL-R son iguales. 

Para demostrar esta hipótesis, HERVÉ, LING y HARE (2000) llevaron a cabo un análisis de los resultados obtenidos en reclusos con puntajes elevados en el PCL-R. De acuerdo a la puntuación obtenida por ellos en cada una de las cuatro facetas, identificaron tres grupos o subtipos de psicopatía y un cuarto grupo de pseudopsicópatas o sociópatas. Este estudio tuvo sus consecuencias posteriores, ya que le valió a HARE para que puliera su PCL-R y publicara en 2003 su segunda edición. Los 3 subtipos de psicópatas hallados fueron los siguientes: 
• Clásico o prototípico: puntaje elevado en las cuatro facetas. 
• Manipulador: puntaje alto en la Faceta 1 (Interpersonal) y en la Faceta 2 (Afectiva), y más bajo en las otras dos facetas. 
• “Macho”: puntaje bajo en la Faceta 1 y alto en las demás. 
Tras los resultados obtenidos del total de la muestra, un 32% correspondía al psicópata clásico o prototípico, un 25% al manipulador, un 27% al “macho” y un 16% al pseudopsicópata o sociópata. El hallazgo más destacado fue que los tres primeros subtipos habían obtenido un alto puntaje en la Faceta 2 (Emocional, Afectiva), mientras que los pseudopsicópatas o sociópatas eran completamente distintos, habiendo obtenido un puntaje significativamente inferior en esta faceta y caracterizándose mucho más por conductas típicas de las Facetas 3 y 4. 

Una de las principales implicaciones de este estudio se relaciona con la posibilidad de  tratamiento de estos sujetos. Dado que la psicoterapia apela principalmente a las emociones,   ésta podría resultar más efectiva para el grupo de  los sociópatas que para los tres subgrupos  restantes de psicópatas, debido a sus características emocionales (HARE, 1998b, 2004b). En este sentido, resulta evidente que el puntaje o puntuación obtenida en el PCL-R es relevante no sólo para evaluar la respuesta a los tratamientos psicoterapéuticos, sino también, como pasamos a ver a continuación, como factor con gran capacidad predictiva del riesgo de peligrosidad, violencia y reincidencia (HARE, 1998a, 2004a). 

3. Criminología: la violencia y criminalidad de los psicópatas

3.1.     Conductas antisociales, agresión y violencia
Las características o rasgos esenciales que definen la psicopatía –egocentrismo, grandilocuencia, narcisismo, autojustificación, impulsividad, falta general de inhibiciones  comportamentales y necesidad de poder y control– constituyen, según señala HARE (1993, 2003b), la fórmula perfecta para los actos antisociales y criminales. Visto así, podría decirse que los psicópatas presentan, en esencia y por sus rasgos definitorios, una mayor propensión que las demás personas a la realización de actos antisociales y/o que, en definitiva, son unos candidatos perfectos para delinquir (HARE, 2002a, 2002b). 
Si bien es cierto que los psicópatas son responsables de una gran cantidad de crímenes violentos y desasosiego social (HARE, 1996a; MOLTÓ y POY, 1997), no debemos aceptar, sin más, la idea generalizada y con cierto aroma lombrosiano de que éstos son unos criminales en potencia. Como ya hemos visto en el caso de los psicópatas integrados, es evidente que no todos estos individuos llegan a tener un contacto formal con la ley. 
Sin embargo, en el caso de los psicópatas criminales, se ha demostrado científicamente que existe una íntima relación conceptual entre la violencia y la psicopatía (HARE, 1998a, 2000, 2004c, 2008), ya que en muchas de las características que son importantes para la inhibición de las conductas violentas y antisociales –empatía, capacidad de establecer vínculo profundos, miedo al castigo y sentimiento de culpa– se encuentran seriamente disminuidas o simplemente ausentes en los psicópatas (PATRICK, 1994, 2000). 

En cualquier caso, lo que sí parece ser una condición común a todos los psicópatas es que los mismos se encuentran «condicionados por un primario “trastorno” de la vida afectiva, que  implica una dificultad en su actividad mundana, en  su contacto interhumano» (RODRÍGUEZ BALLESTEROS, 1962, p. 554). Se produce una distorsión de las relaciones sociales que se convierten en incómodas, llegando incluso en ocasiones a dejar de existir. Esto genera un comportamiento claramente antisocial que se muestra, principalmente, por un profundo egocentrismo, puesto que el psicópata tiene como objetivo prioritario satisfacer sus propias necesidades, sin preocuparles los demás. 
Los tres rasgos que mejor y más notablemente caracterizan la personalidad del psicópata son 
(SUÁREZ MONTES, 1962, p. 644): la asocialidad, la falta de fijación afectiva y una actitud de satisfacción de necesidades egoístas incapaces de controlar. 
El psicópata puede estar capacitado para conocer intelectualmente las normas sociales en uso; de hecho, las conoce y adopta una actitud respecto a ellas. De lo que carece elpsicópata es de la capacidad para asumir en su ser/fuero interno el orden social establecido y los principios por los que éste se rige (JIMÉNEZ DÍAZ y FONSECA MORALES, 2006). Los psicópatas ven las normas como obstáculos que se interponen en la consecución de sus ambiciones, y, por supuesto, responden ante estos obstáculos, y lo hace de muy diversas formas. Para estos sujetos, lo que están haciendo es correcto de acuerdo a su valoración de las normas: es correcto para su propio código, ya que ellos tienen sus propias normas (POZUECO ROMERO, 2009, 2011b).
Luego, si es correcto y sale mal, el responsable no es él, sino los demás. Ésta es la principal razón por la que los psicópatas, en sus relaciones sociales, constituyen una fuente segura de conflictos. 
Es más, debido a la interacción de las circunstancias ambientales con su propia disposición personal, es fácil que desemboquen en posibles comisiones delictivas. Así, cuanto menor sea su adaptación a los valores morales de la sociedad, menos reparos va a tener en violarlos y mayor será tanto su peligrosidad como su probabilidad de actividad criminal. 
La agresividad y la violencia es otra de las notas características de muchos psicópatas, pero   sólo las emplean cuando el encanto, la manipulación, las amenazas y la intimidación no les  resultan efectivos para lograr los propósitos que se habían fijado (POZUECO ROMERO, 2010b, 2011c). A este respecto, no podemos olvidar que los psicópatas son magníficos manipuladores de las demás personas, cosificándolas, es decir, utilizándolas como meros objetos –cosas– para conseguir sus propios objetivos. El psicópata tiene la rara pero efectiva habilidad de captar las necesidades de los demás a través de la seducción, así como de sondear y dar en el blanco con respecto a los puntos débiles de los otros. Es decir, el psicópata trabaja primero la ambición del otro y después, evidentemente, lo engaña. Todo este ciclo de manipulación psicopático está repleto de una retahíla de mentiras que utiliza como herramienta de trabajo y que le llevan a desvirtuar la verdad con el objetivo de conseguir algo para él. 

Trasladándonos de nuevo al ámbito de lo empírico, diversos estudios de investigación han puesto de manifiesto la estrecha relación existente entre la psicopatía y el comportamiento  violento en los delincuentes varones (PATRICK y ZEMPOLICH, 1998). La mayoría de los estudios publicados indican que hay una elevada incidencia y frecuencia de crímenes violentos y de comportamientos agresivos en los individuos con  una puntuación alta en el PCL-R. Como veremos en el siguiente apartado, el tipo de delito suele variar según el grupo de que se trate. Adelantemos ahora que, en contra de la idea tan estereotipada, los no psicópatas tienen más probabilidades que los psicópatas de ser encarcelados por asesinato –normalmente por la comisión del mal denominado  crimen “pasional”  cometido contra un conocido, que generalmente suele ser una mujer, y más concretamente la pareja o ex-parejadel homicida–; en cambio, se ha comprobado que los psicópatas tienen  más probabilidades de victimizar a extraños –para conseguir de ellos dinero u otros beneficios– sin llegar a matarlos (WILLIAMSON, HARE y WONG, 1987). 
Por otro lado, los psicópatas también son más agresivos y hostiles en la cárcel para controlar a los demás (PATRICK, 1995, 2000). Fuera de las prisiones, los delitos violentos de los psicópatas incluyen frecuentemente amenazas y el uso de la fuerza física y de las armas, y también es más probable que cometan delitos violentos poco tiempo después de haber sido puestos en libertad (SERIN y AMOS, 1995).

Lo que estos y otros muchos estudios están indicando es que los psicópatas emplean la violencia para manipular y controlar a los demás, y poco más; la falacia de que los psicópatas emplean la violencia para subyugar y atemorizar a sus víctimas no es más que eso: una falacia proveniente tanto de los casos más extremos –los conocidos asesinos en serie– como del sensacionalismo mediático aireado en la sociedad a través de las películas que todos conocemos. 
Si bien la maquinación y/o la mente retorcida –ambas frecuente y erróneamente confundidas con el concepto de maquiavelismo– de estos sujetos puede darse en algunos casosextremos, lo cierto es que este tipo de rasgos no están incardinados específicamente en el mismo PCL-R,  independientemente de que, por ejemplo, a través de ítems como “insensibilidad, crueldad y falta de empatía”, algunos autores hayan querido inferir este tipo de asociación o relación en sus conclusiones. 
 Entre otros muchos, uno de los estudios más significativos que tiran abajo esta falacia que venimos comentando es el de PATRICK, ZEMPOLICH y LEVENSTON (1997), quienes examinaron la relación existente entre los dos factores del PCL-R y las diferentes formas de comportamiento agresivo-violento. Especialmente interesantes son las relaciones contrapuestas que hay entre los dos factores del PCL-R y los rasgos de personalidad –hasta 11 rasgos diferentes del temperamento– evaluados mediante el MPQ (Multidimensional Personality Questionnaire) de TELLEGEN (1982). Así, el comportamiento antisocial estárelacionado con el estrés elevado –huelga decir que impropio o inexistente en los psicópatas–, con la agresión y con la impulsividad. Esto sugiere que el factor de “conducta antisocial” es el que media entre el PCL-R y la  agresión defensiva –o también conocida como  reacción “pasional” o  agresión reactiva(BUSS, 1961; DODGE, 1991)–. Por otro lado, el “desapego emocional” del PCL-R está relacionado con un alto deseo de dominio y ambición –nada que ver, ni tampoco comparable, con las mentes de tipo “maquinativas”–, así como con una baja ansiedad. Esto indica que la agresión en el psicópata “puro” está más relacionada con la violencia encaminada a la consecución de unos fines –es decir, se trata de una  agresión “instrumental” o “proactiva”(BUSS, 1961; DODGE, 1991)– que al rechazo.
En base a estas premisas, los resultados de PATRICK, ZEMPOLICH y LEVENSTON (1997)  fueron consistentes con estas hipótesis. Encontraron que había una relación entre la “conducta  antisocial” del PCL-R y la impulsividad y la  violencia reactiva: agresiones, comportamiento  violento cuando eran niños, frecuentes peleas de adulto y maltratar físicamente a su esposa o  pareja. Por su parte, el factor “desapego emocional” del PCL-R estaba más relacionado con la agresión instrumental o planificada –por ejemplo, con la posesión y uso de armas (HARPUR y HARE, 1991). 
En suma, si bien los psicópatas, como cualquier otra persona –delincuente o no–, pueden emplear la violencia para conseguir sus objetivos,  la  violencia psicopática es más de tipo instrumental –también denominada planificada o premeditada– que de tipo  reactiva o  impulsiva. Parece lógico y comprensible derivarse de todos estos estudios el hecho de que son los delincuentes comunes quienes mayor uso de la agresión y la violencia ejercen cuando cometen este tipo de actos, mientras que los delincuentes psicópatas parecen valerse más de su lenguaje superficial, engañador y manipulador para conseguir sus propios fines (WILLIAMSON, HARPUR y HARE, 1991). 
En mi opinión, si estos pequeños pero relevantes matices no se tienen en cuenta, las distinciones que sigamos realizando al respecto podrán seguir quedando en entredicho, de modo tal que tanto los juristas como los mismos profesionales de la salud mental y servicios sociales permanecerán confusos sobre este concepto  –psicopatía–, siguiendo así abierta una polémica que no parece acabar nunca. 

3.2.      Conducta criminal: Delitos más frecuentes, delitos “menores” y delitos “mayores”.
3.2.1. TAP versus psicopatía: Versatilidad criminal 
Todas estas características del psicópata, principalmente su tremenda desconsideración con los demás y la sangre fría –impasibilidad psicológica y emocional– con la que actúa, hacen que éste presente el patrón más idóneo para delinquir. 
Hay que tener en cuenta, tal como se dispone en el  mismo PCL-R, que una de las características definitorias del psicópata criminal es, precisamente, su  versatilidad criminal. Lógicamente, esta variabilidad delictiva quiere decir que el psicópata no presenta una carrera delictiva tan específicamente especializada como la que muchos delincuentes comunes poseen. Es decir, los psicópatas no se centran en un único y exclusivo tipo de delito. 
Los psicópatas pueden verse involucrados en o ejecutar cualquier clase de conductas antisociales y delictivas, entre las que podemos destacar las que algunas Sentencias del Tribunal Supremo –STS– han puesto reiteradamente de manifiesto, como son las siguientes:

- difamaciones, calumnias, insultos, escándalos, fraudes, estafas; hurtos (STS 25/01/1980,STS 03/05/1982, STS 12/03/1985);
- incendios (STS 10/05/1988, STS 20/03/1993, STS 04/10/1994, STS 18/02/2003);
- lesiones (STS 24/11/1981, STS 30/05/1983, STS 10/10/1984, STS 29/11/1996, STS 04/02/2000, STS 13/03/2001);
- incumplimientos de los deberes militares (STS 01/07/1991, STS 16/09/1991, STS 20//04/1992);
- deserciones (STS de 18/11/1988);
- dilapidación de los bienes; crueldad, tiranía y borracheras patológicas (STS 24/09/1980, STS 05/11/1999, STS 11/06/2002);
- asaltos, robos con violencia (STS 04/05/1981, STS 31/03/1982, STS 02/07/1984, STS 08/04/1992, STS, 22/04/1993, STS 08/06/1995, STS 16/11/1999, STS 30/06/2000);
- robos con intimidación (STS 19/09/1988, STS 19/12/1995);
- robos con fuerza en las cosas, robos con homicidio, homicidios (STS 12/11/1979, STS 24/09/1980, STS 30/05/1983, STS 03/06/1983, STS 27/01/1986, STS 24/04/1991, STS 17/02/1995, STS 02/10/2000, STS 16/02/2004);
- asesinatos (STS 13/06/1985, STS 10/05/1988, STS 30/03/1980, STS 08/11/1993, STS 07/05/1996, STS 01/04/2002, 11/10/2004).
- Violación, sodomía y otras agresiones sexuales (Auto 25/06/1997, STS 27/06/2001, STS 25/03/2004).

Según la misma Jurisprudencia, parece ser una constante la realización de estos actos  delictivos bajo el influjo de alguna sustancia, normalmente alcohol o drogas (STS 19/01/2005), llegando en muchas ocasiones a traficar con estas últimas (STS 16/10/2000). En base a esto, JIMÉNEZ DÍAZ y FONSECA MORALES (2006) argumentan que los “psicópatas” de estas sentencias son grandes perturbadores, personas cuyo objetivo principal es perjudicar y  distorsionar a los demás, sucediendo que, además, estas acciones perturbadoras son preferentemente producidas en su seno familiar. Aunque el argumento sobre estos aspectos psicológicos que sostienen estas dos autoras no es en absoluto incierto, lo que es muy cuestionable es el hecho de que los sujetos de todas esas STS sean  verdaderos psicópatas –al menos tal como se evalúa por el PCL-R–. Por lo general, sabemos que nuestra justicia española tiende a rehuir el empleo de este término, prefiriendo utilizar el más genérico de TAP. Teniendo en cuenta los múltiples estudios de investigación al respecto, insistamos una vez más: TAP y psicopatía no son la misma entidad (WIDOM, 1977; HARE, 1983, 1996b; MILLON, 1981; LYKKEN, 1984, 1995; HARE, HART y HARPUR, 1991; ROGERS y DION, 1991; HARE y HART, 1995; ZÁGON, 1995; HART y HARE, 1996). 

Asimismo, se ha reiterado en diversas ocasiones que los psicópatas suelen cometer unagran cantidad de delitos bajo una gran diversidad de  toxicomanías. Esto no es ni del todo ni exactamente cierto: que el psicópata se drogue y/o se embriague para acometer delitos no quiere decir que ante un tribunal quede eximido de su responsabilidad criminal, ya que, por lo general, son ellos mismos quienes buscan intencionadamente,  la mayoría de las veces, estos  estados intoxicados para desinhibirse conductualmente aún más. Además, la mayoría de los  delincuentes que comenten delitos bajo los efectos de cualquier sustancia tóxica son calificados de trastorno antisocial de la personalidad (TAP), y no de psicópatas.  Volvemos a insistir una vez más en que la única forma de diagnosticar psicopatía criminal es mediante el empleo del PCL-R. Además, también será  preciso recordar que el TAP es una categoría diagnóstica de origen psiquiátrico y/o psicopatológico: se trata de un trastorno mental incluido en la nosología del DSM de la APA y, por tanto, o bien debe entenderse como un trastorno mental tal como lo recoge la misma APA, o bien habríamos de posicionarnos en la perspectiva de los especialistas en trastornos de la personalidad como MILLON (1981, 1998) y sus colaboradores (MILLON  ET AL., 2006), quienes aseguran que los trastornos de la personalidad no son verdaderas enfermedades mentales. 
De nuevo, si este pequeño pero muy relevante matiz no se tiene en cuenta, es evidente que no estamos hablando de la misma  anomalía –que no  trastorno– de la personalidad, y sólo un pequeño vistazo por la literatura especializada debería bastar para darse cuenta del estado actual de la cuestión. 

Además, la utilidad del diagnóstico de TAP queda en entredicho si se considera que entre un 50% y un 80% de los internos en centros penitenciarios satisfacen los criterios para este trastorno de personalidad (GUZE, GOODWIN y CRANE, 1969; GUZE, 1976; HARE, 1983, 1985; MOLTÓ  ET AL., 2001). La etiqueta de TAP se aplica, en consecuencia, a sujetos con características heterogéneas en cuanto a personalidad, actitud y motivación hacia la conducta criminal (HART, HARE y HARPUR, 1992). En otras palabras, por tanto, la  aproximaciónestrictamente  conductual a la psicopatía –encabezada por la APA– se revela  incapaz de discriminar entre el delincuente ordinario –habitual– y el psicópata prototípico descrito por CLECKLEY (ZÁGON, 1995). 
De todo lo anterior se deduce que «psicopatía y  trastorno antisocial de la personalidadreflejan categorías diagnósticas muy diferentes» (MOLTÓ ET AL., 2001, p. 51).El 90% de los psicópatas que se encuentran en las cárceles cumplen los criterios para el TAP, pero sólo entre un 20% y un 30% de los sujetos diagnosticados con un TAP son psicópatas (HARE, 1983, 1991; HART y HARE, 1989; TORRUBIA y CUQUERELLA, 2008). Por tanto, no es de extrañar que, tal como lo ha puesto de manifiesto la evidencia empírica en relación a distintos aspectos de la conducta criminal –respuesta al tratamiento, ajuste institucional, predicción del comportamiento violento, reincidencia, etc.–, los diagnósticos de TAP hayan demostrado tener una utilidad mucho menor para el sistema penitenciario que la evaluación cuidadosa de la psicopatía basada en la inferencia de los rasgos de personalidad (MOLTÓ y POY, 1997).
De cualquier modo, la polémica en torno al concepto de psicopatía no se agota en su diferenciación con el TAP. Hay otros dos aspectos frecuentemente relacionados con la psicopatía que no dejan de generar aún más polémica si cabe: nos estamos refiriendo al caso de los denominados delincuentes “de cuello blanco” –representados tanto por delincuentes comunes como por personas socialmente integradas hasta que  fueron capturadas, procesadas y encarceladas–, así como al caso de los ya clásicos y mediáticos asesinos en serie –representados tanto por muchos de delincuentes violentos como por los denominados psicópatas integrados–. 

Sobre estos dos aspectos polémicos pasamos a discutir a continuación. 
3.2.2. Delitos “menores” o menos graves: El caso de los delincuentes “de cuello blanco” y de los delincuentes comunes 
Antes que nada, será preciso aclarar que lo de “menores” o menos graves y lo de “mayores” o graves, en cuanto a los delitos, no se trata de epígrafes que respondan a ningún propósito arbitrario. Casualmente, es nuestro mismo Código Penal el que, en su artículo 13 –Libro I, 
Título I, Capítulo I–, establece esta misma diferencia. Veámosla: 
Art. 13. 1. Son delitos graves las infracciones que la Ley castiga con pena grave. 
2. Son delitos menos graves las infracciones que la Ley castiga con pena menos grave. 
3. Son faltas las infracciones que la ley castiga con pena leve. 
4. Cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse a la vez entre las mencionadas en los dos primeros números de este artículo, el delito se considerará, en todo caso, como grave. Disquisiciones jurídicas aparte sobre la naturaleza y duración de las penas –graves, menos graves y leves– reguladas posteriormente en el amplio artículo 33 del mismo Código, nos ajustaremos, para el análisis aquí pretendido, en la comprensión conceptual jurídica de las mismas, así como también en el significado social común de los términos “grave” y “menos grave” –ya que no varía, en lo sustancial, del entendimiento jurídico–. 

Como bien señalan GARRIDO GENOVÉS, STANGELAND y REDONDO ILLESCAS (2006), muchos consideran al Derecho penal como un instrumento para controlar a los pobres y marginados, mientras que a las infracciones cometidas por personas poderosas y con buen nivel social se responde de una forma más suave y discreta. Ésta puede ser la situación en muchas partes del mundo, pero el caso es diferente en países como España e Italia. En los últimos años, hemos visto ingresar en prisión a varias personas con poder y prestigio: directores de bancos, funcionarios, policías, un ex-director general de la Guardia Civil, políticos de distintos rangos, etc. El Código Penal no se aplica solamente a los que roban pequeñas cantidades, sino también en casos de delincuencia económica y ocupacional. Se reacciona con todo el peso de la ley en los casos que llegan a juicio, aunque –también es verdad– existe poco riesgo de que se inicie una investigación judicial, y es sumamente difícil llegar a un esclarecimiento de los hechos. 

La denominada  economía sumergida pone de manifiesto que existe una amplia actividadeconómica en el sector sumergido cuando la actividad en sí es lícita y socialmente aceptable, pero se eluden las obligaciones fiscales, pagos a la seguridad social, etc. En España existen, por ejemplo, talleres de reparación de coches con cuatro trabajadores, que cambian el aceite y arreglan coches con mucha profesionalidad, pero ni la empresa ni los empleados están dados de alta (GARRIDO GENOVÉS, STANGELAND y REDONDO ILLESCAS, 2006). Las fórmulas para los delitos económicos y/o “de cuello blanco” son múltiples y variadas. Pero no sólo son los particulares los que incurren en este tipo de actividades ilícitas que podríamos enmarcar dentro de los denominados delitos socio-económicos; la corrupción dentro de la misma Administración Pública es otra fórmula o modalidad. La evolución desde los ya clásicos “ladrones” hasta los más  modernos y sofisticados “mangantes” embutidos en trajes carísimos es evidente. A este respecto, EMILIANO BORJA JIMÉNEZ, profesor de Derecho Penal y Política Criminal de la Universidad de Valencia, lo explicaba magistralmente del siguiente modo: 
A lo largo de la historia, los más débiles, los más desamparados, pero también los más ambiciosos, han recurrido a la desposesión ilegitima de lo ajeno como medio de subsistencia. La comisión de robos y hurtos, el recurso al fraude y  el engaño, han constituido algunos de los mecanismos utilizados por aquéllos que no tenían nada que perder para alcanzar un número mínimo de bienes materiales que les eran necesarios para mantener su mísera subsistencia. Sin embargo, la propiedad de esos bienes materiales imprescindibles que determinaba la existencia de los delitos clásicos contra el patrimonio, ha ido transformándose en su sentido valorativo. En las sociedades desarrolladas, cualquier ser humano puede tener acceso a los mínimos bienes necesarios para mantenerse vivo (alimentos, ropa, medicinas, etc.). Los servicios sociales públicos y privados, las organizaciones de beneficencia y otras asociaciones altruistas proporcionan gratuitamente esos bienes a los más necesitados, siempre y cuando éstos los reclamen. La propiedad de bienes muebles, inmuebles o el goce de servicios ya no constituyen, por tanto, una condición esencial de la existencia humana. La posesión de bienes materiales, por el contrario, se sitúan en el ámbito del progreso en la  escala de la jerarquía social de las democracias capitalistas. A mayor riqueza del individuo, mayor valoración social de su persona y familia, y mayores posibilidades de alcanzar el poder económico y político. De tal forma que existe ahora una clase de criminalidad que está relacionada con el patrimonio ajeno, pero sin las connotaciones individuales y de subsistencia que adquiría antaño (BORJA JIMÉNEZ, 2003, pp. 237-238).
La criminalidad/delincuencia “de cuello blanco” no  solamente abarca los supuestos ya clásicos de delitos socioeconómicos perpetrados por sujetos que, de una u otra forma, tienen acceso o integran el poder político. Este tipo de delincuencia también abarca otras conductas perpetradas con móviles económicos, pero cuyo bien  jurídico directamente protegido es de naturaleza distinta; tales son los casos del cohecho, los “ahora” de moda delitos urbanísticos, el tráfico de drogas a gran escala –incluyendo como autores y/o co-autores a funcionarios y autoridades–, etc. 
Siguiendo con nuestra temática, algunos autores sostienen que muchos de los denominados delincuentes “de cuello blanco” bien podrían ser calificados de psicópatas. Por ejemplo, el doctor HARE (1993) señala que los timos se basan casi por  completo en las apariencias, existiendo personas que se ganan la vida gracias a su encanto, al engaño y a la manipulación, ya que es así como consiguen ganarse la confianza de sus víctimas. Según este autor, los delitos “de cuello blanco” suponen una fantástica fábula sobre la  moralidad: basta con tener unos buenos modales y una conciencia débil para conseguir desplumar a cualquier persona e institución. Los delincuentes “de cuello blanco” «tienen sonrisas encantadoras y un tono de voz que inspira confianza, pero nunca –y eso está garantizado– llevan colgadas campanillas de advertencia en sus cuellos» (HARE, 1993, p. 104). 
No obstante, llegados a este punto, es conveniente también establecer la diferencia esencial entre los delincuentes “de cuello blanco” que parecen psicópatas y los psicópatas que realmente lo son. El profesor HARE ha explicado esta sutil diferencia en los siguientes términos: 
Los psicópatas que tienen ansias emprendedoras son un modelo de cómo usar la educación y las relaciones sociales para separar de su dinero a las personas e instituciones sin usar la violencia. A diferencia de los delincuentes de cuello blanco “ordinarios”, los psicópatas engañan no sólo a aquéllos que les pueden proporcionar grandes sumas de dinero, sino también a sus amigos, familia y sistema judicial. Muchas veces consiguen eludir la  cárcel, e incluso cuando los encarcelan suelen recibir una sentencia suave y una reducción de la pena, sólo para continuar donde lo dejaron antes (HARE, 1993, p. 104).
Sutiles diferencias y notables polémicas también acontecen en el seno de los  delincuentes comunes o habituales, mayoritaria y normalmente diagnosticados de TAP y frecuente y erróneamente asociados a la psicopatía. Como bien subraya y diferencia el profesor y penalista ANTONIO GARCÍA-PABLOS DE MOLINA en su Tratado de Criminología: 
El trastorno antisocial de la personalidad (propio  del delincuente habitual, de prolongado  historial criminal, que vive en un submundo marginal) sólo recoge las características esenciales de los aspectos conductuales de la psicopatía, no sus dimensiones o rasgos de la personalidad. No todos los sujetos que padecen el trastorno antisocial de la personalidad son necesariamente psicópatas.  Como advierte CLECKLEY (1976), no debe confundirse  el psicópata ni con el oportunista sin escrúpulos ni con el delincuente habitual. 

El oportunista sin escrúpulos, que no tiene por qué presentar las otras características del psicópata, a menudo logra asentarse económicamente con provecho (por ejemplo, los que progresan por las jerarquías de la mafia). El psicópata, por  el contrario, por su aversión a las reglas, difícilmente encaja bien en estructuras férreas.  Delincuente habitual y psicópata tampoco son conceptos equiparables. Siguiendo a CLECKLEY, el psicópata típico rara vez se aprovecha de los beneficios que genera por el delito, y casi nunca se implica de modo consistente en la carrera criminal; en comparación con el mismo, el infractor habitual parece una persona tenaz, al menos en sus propósitos antisociales. El delincuente habitual persigue objetivos comprensibles, aunque con medios y procedimientos rechazables. El psicópata, por el contrario, pretende metas no siempre asumibles, comprensibles por los demás, e incluso a  menudo comete el delito sin lograr ventaja material alguna. El delincuente común suele protegerse a sí mismo, el psicópata no pocas veces se pone en situaciones que le perjudican y actúa de forma notoriamente insensata, y sin necesidad alguna (GARCÍA-PABLOS DE MOLINA, 2003, p. 632). 
Como veremos a continuación, si la polémica es intensa con respecto a la supuesta relación entre la  delincuencia habitual y la psicopatía, no lo es menos la que relaciona,  de manera estrecha y tajante, la psicopatía con la delincuencia violenta, trayendo a colación, en la mayoría de los textos, el mediático y populista caso inquietante de los asesinos en serie: si desde luego  algo –mucho o poco– hay de cierto en todo esto, empero no todo es cierto. 

3.2.3. Delitos “mayores” o graves: El caso de los asesinos en serie. 
Teniendo en cuenta la gravedad de sus penas, los delitos considerados como “mayores” o  graves no sólo se circunscriben al ámbito de los denominados delitos “de sangre” –homicidio y asesinato–. 
Tanto a nivel jurídico como a nivel criminológico, los delitos graves suelen ser enmarcados dentro de la delincuencia violenta y, lógicamente, suelen ser cometidos por las personalidades violentas (ECHEBURÚA, 1994). Así, además del homicidio y del asesinato, también se incluyen bajo el epígrafe de delitos violentos las lesiones, los robos con violencia e intimidación y las agresiones sexuales. 
El concreto y especial caso de los asesinos en serie es un fenómeno social y criminológico que viene gestándose ya desde muy antaño y que cada vez los investigadores procedentes del campo  de la Criminología lo están dejando de considerar como un fenómeno “aislado”, dado su creciente desarrollo desde los años 60 del pasado siglo (HOLMES y DEBURGER, 1988;  HOLMES y HOLMES, 1998, 2001, 2009, 2010; HICKEY, 2002, 2003). Su relación con la psicopatía y con la  personalidad sádica ha venido siendo la tónica general de los distintos  estudios de investigación (COOKE, 2000; EGGER, 1990, 1998, 2002; STONE, 1998a, 1998b, 2009), si bien se ha comprobado que, aunque menos en número, también se han dado casos de asesinos en serie que posteriormente han sido diagnosticados con alguna enfermedad mental grave –normalmente, la esquizofrenia paranoide– (DOUGLAS, BURGESS, BURGESS y  RESSLER, 1992, 2006; RESSLER y SHACHTMAN, 1992, 1995, 1997, 1998, 2003, 2005).
Independientemente de que la mayoría de los asesinos en serie puedan ser psicópatas,  mucho más cierto es que la mayoría de los psicópatas no son asesinos en serie (POZUECO ROMERO, 2001, 2010a, 2011a). Ahora, eso sí, muchos de los crímenes más violentos son cometidos por sujetos que han sido diagnosticados de psicópatas (HARE, 1993). 
Por ejemplo, la inadaptación de los psicópatas en el ámbito social les lleva en numerosas ocasiones a presentar problemas en el terreno sexual. De hecho, la psicopatía se encuentra en un número importante de delincuentes sexuales (HARE, 1996a; MARSHALL, 2001) que, además, suelen ser más violentos y sádicos que el resto de dichos delincuentes (RESSLER, BURGESS y DOUGLAS, 1983, 1988; PRENTKY  ET AL., 1989; STONE, 1998a, 1998b; COOKE, 2000). 
Aunque no exactamente en relación a las tesis mantenidas por RICHARD VON KRAFFT-EBING en su Psychopathia Sexualis (1886), incluso en la misma Jurisprudencia española se ha llegado a hablar de  psicopatía sexual cuando la actividad sexual convencional o desviada se da en el marco de un comportamiento psicopático –véanse al respecto las siguientes significativas Sentencias del Tribunal Supremo, disponibles también en el RJ (Repertorio Jurisprudencial) de Aranzadi: STS 09/12/1988, STS 30/03/1990 y STS 06/11/1992–. 

Como venimos diciendo, el caso particular de los mediáticos y populares asesinos en serie es tema aparte y fuente de no pocas polémicas y contradicciones entre autores, sobre todo cuando trata de establecerse una relación con la psicopatía y con el crimen violento. Como punto de partida, tomemos en consideración los siguientes aspectos subrayados por el catedrático GARCÍA-PABLOS DE MOLINA: 
El psicópata no suele cometer crímenes muy graves, ni ingresa por largo tiempo en prisión. Es cierto que los criminales muy violentos y crueles tienen una elevada probabilidad estadística de ser criminales psicópatas, pero la mayoría de los psicópatas no se convertirán en este tipo de sujetos. Del mismo modo, hay criminales violentos cuya actividad es producto de un largo aprendizaje en determinadas subculturas y no de rasgos psicopáticos de la personalidad. Por último, el psicópata no “pone su corazón” en el delito. Salvo subtipos muy  concretos (por ejemplo, el criminal en serie), el delito característico del psicópata se percibe por éste como un mero accidente, como algo que ha de suceder (GARCÍA-PABLOS DE MOLINA, 2003, p. 632).
Sean cuales sean las tesis sostenidas, lo cierto es que debemos establecer cuidadosamente la diferenciación entre los psicópatas que son criminales y los que no lo son: ambos subtipos existen, tal como la investigación viene poniendo de manifiesto. Si bien ambos subtipos presentan ciertas diferencias –sobre todo en cuanto al aspecto de la delictividad–, la estructura  de personalidad básica de ambos es prácticamente la misma (HARE, 1993). 
En relación con el tema de estudio que aquí estamos poniendo de relieve, ya hemos visto cómo diversos estudios descriptivos realizados con  muestras penitenciarias norteamericanas han probado repetidamente la existencia de una relación estable entre el concepto de psicopatía implícito en el PCL-R y el comportamiento criminal (MOLTÓ ET AL., 2001). Es más: el estudio específico de los distintos tipos de delitos cometidos ha demostrado que la criminalidad y la conducta antisocial de los psicópatas delincuentes es también más violenta y agresiva que la del resto de delincuentes no psicópatas (HARE, 1981; HARE y JUTAI, 1983; HARE y MCPHERSON, 1984; WONG, 1984, 1996; WILLIAMSON, HARE y WONG, 1987; WRIGHT y WONG, 1988; KOSSON, SMITH y NEWMAN, 1990; SERIN, 1991, 1996; CORNELL ET AL., 1996).
Así, tomados en conjunto los resultados de todos estos estudios es posible afirmar que, en comparación con los otros internos penados, los sujetos diagnosticados como psicópatas  ingresan por primera vez en la cárcel a una edad más temprana, son condenados un mayor número de veces por cada año de su vida en libertad –tanto por delitos violentos como por delitos no violentos–, y es más probable que hayan empleado un arma, amenazado y agredido con una finalidad instrumental y a sangre fría (MOLTÓ ET AL., 2001). 
Por ejemplo, el estudio realizado en España por MOLTÓ, POY y TORRUBIA (2000), con una muestra de 87 internos clasificados mediante el PCL-R en grupos de alta, media y baja psicopatía, confirmó las tendencias reseñadas antes. Así, los sujetos definidos como psicópatas –puntuaciones iguales o superiores a 30– habían sido arrestados por primera vez muchoantes que los no psicópatas –19,8 y 23,4 años, respectivamente– y habían permanecido en la cárcel durante mucho más tiempo que éstos –99,3 meses frente a 63,9 meses–. Asimismo, el grupo de alta psicopatía presentaba una tasa de condena –número de condenas por año de libertad– tres veces superior a la mostrada por el grupo de no psicópatas, y una tasa de condenas por delitos violentos que duplicaba la observada en estos últimos. 
Los resultados de este estudio español vienen a confirmar lo que también había señalado ya el doctor HARE en su libro de 1993 –véase en HARE (1993, pp. 86-96)–. 

4. Derecho penal y penitenciario: La penología de los psicópatas 

4.1.  Los psicópatas en el Derecho penal
4.1.1. La imputabilidad/ inimputabilidad y las eximentes/atenuantes 
Aunque no exclusivamente formal, y puesto que nuestro Código penal no ofrece una noción  de  imputabilidad –salvo lo indirectamente expresado para aquéllos declarados “exentos de responsabilidad criminal” a través de su artículo 20–, tomemos la siguiente conceptualizaciónque proponen COBO DEL ROSAL y VIVES ANTÓN en su texto de  Derecho Penal. Parte  General: 
Conjunto de requisitos psicobiológicos, exigidos por la legislación penal vigente, que expresan  que la persona tenía la capacidad de valorar y comprender la ilicitud del hecho realizado por ella y de actuar en los términos requeridos por el ordenamiento jurídico (COBO DEL RO VIVES ANTÓN, 1999, p. 576). 
De esta guisa, la inimputabilidad no es más que el reverso de la imputabilidad, es decir, su aspecto negativo, consistente en la  ausencia de imputabilidad. Por tanto, «causas de inimputabilidad son aquellos supuestos en los que no puede afirmarse que la persona sea imputable en el momento de la realización del delito» (COBO DEL ROSAL y VIVES ANTÓN, 1999, p. 583). ¿Y cuáles son esos “supuestos”? Sencillamente, se trata de las llamadas eximentes, las cuales, como advertimos antes, vienen expresadas como  causas de inimputabilidad y reguladas en el artículo 20 del Código penal español. A saber: 1º) trastorno mental transitorio, 2º) estado de intoxicación plena, y 3º) alteraciones de la percepción.
Teniendo esto en cuenta, el asunto con respecto a la  imputabilidad/inimputabilidad del psicópata debería resolverse rápida y sencillamente: si acudimos de nuevo a los 16 criterios de CLECKLEY (1976) o a los 20 rasgos psicopáticos incardinados en el PCL-R de HARE (1991, 2003), vemos que en ninguno de ellos se expresa que este tipo de individuos padezcan trastornos mentales transitorios, ni anomalías psíquicas de cualquier otra índole; asimismo, tampoco padecen los psicópatas alteraciones de la percepción. 
Quizás, como ya hemos visto, una de las controversias más discutidas sea la posibleeximente –completa o incompleta– respecto al estado de intoxicación plena, habida cuenta de que eneste estado puede ponerse, voluntaria e intencionalmente, cualquier persona, ya sea psicópata o no lo sea. 
En este sentido, el psicólogo forense y criminalista debe entender que a nuestros tribunales no les afecta, en su decisión, si el imputado es o  no psicópata –no se le enjuicia por su personalidad, sino por sus actos–, sino si éste ha consumido alcohol u otras drogas que le hayan dejado en un estado de intoxicación lo suficientemente incapacitante como para no darse cuenta de lo que estaba haciendo. Pero, sin embargo, éste no es más que otro problema añadido, ya que sabemos que muchos psicópatas, antes de llevar a cabo sus actividades criminales, se inducen ellos mismos a un estado de intoxicación –plena o no– fundamentalmente por dos motivos: bien para lanzarse definitivamente a la acción, o bien para pretender que después se le tome en cuenta dicho estado si finalmente fueran capturados y procesados, ya que de este modo podrían beneficiarse de dicha eximente como causa que ejerciera una atenuación de la pena que se le fuere a imponer.
Este aspecto que parece complicado se entiende perfectamente si, como ya dijimos con un  estudio anterior, tenemos en cuenta que los psicópatas tienen igual capacidad para fingir enfermedades mentales (GARRIDO GENOVÉS y SOBRAL FERNÁNDEZ, 2008) que para exponerse conscientes y voluntariamente a estados de intoxicación que posteriormente pudieran resultarles beneficiosos; no hay que olvidar, en este concreto punto, que lo que definitivamente busca siempre un psicópata es su propio beneficio, y una eximente que les atenúe la pena, sin duda, lo es.

Siguiendo con los postulados jurídico-penales que antes realizamos, cabría subrayarse que la mera constatación de un injusto penal no basta para la exigencia de responsabilidad criminal (BACIGALUPO ZAPATER, 1998). Es necesario que el hecho pueda ser reprochado a su autor, por lo que no existirá delito si el sujeto no es culpable, esto es, no se confirma su culpabilidad, laque sólo puede ser afirmada si, a su vez, se comprueba, entre otras exigencias, su imputabilidad –del latín imputare = atribuir– (COBO DEL ROSAL y QUINTANAR DÍEZ, 2004). 
Así, pues, para que pueda declararse a un sujeto culpable, el mismo debe ser imputable cuando ejecuta el hecho ilícito, es decir, la culpabilidad supone un determinado desarrollo o madurez de la personalidad y unas determinadas condiciones biopsíquicas que le permitan conocer la licitud o ilicitud de sus acciones u omisiones y obrar conforme a ese conocimiento. Al conjunto de condiciones o facultades mínimas requeridas para poder considerar a un sujeto culpable –responsable– por haber ejecutado un acto  típico y antijurídico se le llama imputabilidad. Y tales condiciones son dos: la capacidad intelectual y la capacidad volitiva.
La  capacidad intelectual supone que el sujeto tiene capacidad para valorar  la licitud o  ilicitud de un hecho, esto es, para  entender que un determinado comportamiento es ilícito, contrario a Derecho. Por su parte, la  capacidad volitiva hace referencia a la capacidad para actuar conforme a esa comprensión, esto es, la posibilidad que tiene un sujeto de dirigir su actuación de acuerdo con dicho entendimiento o, en  suma, a la capacidad del sujeto para manejar su voluntad y encaminarla al cumplimiento de lo dispuesto por el Derecho. 
Como se deduce de la propia dicción del artículo 20.1.º, párrafo primero, de nuestro Código Penal, la imputabilidad requiere que se compruebe la base biológica –patológica– de la misma, la “alteración o anomalía psíquica”, y que esa anomalía llegue hasta el punto de que quien la sufra “no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión” en el momento de cometer el delito (CUELLO CONTRERAS, 2002). 
Además, según doctrina ampliamente compartida, este precepto obliga a pronunciar dos juicios: uno biológico –patológico– y otro psicológico –normativo–. Con el primero se trata de determinar cuál es la anomalía sufrida, mientras que con el segundo lo que se pretende es determinar cómo el defecto o anomalía psíquica influye en la capacidad de quien la padece, impidiéndole comprender la ilicitud del hecho y/o actuar conforme a ese conocimiento  (CUELLO CONTRERAS, 2002).
Y así lo contempla nuestra propia Jurisprudencia en diversas Sentencias del Tribunal Supremo (STS 02/10/1995, STS 05/12/1995, STS 19/12/1995, STS 05/03/1996, STS 27/09/1996, STS 04/11/1996, STS 30/11/1996, STS 20/01/1997, STS 19/04/1997, STS 23/04/1998), que tras la entrada en vigor del nuevo y vigente Código Penal se ha venido refiriendo con reiteración a estos requisitos a la  hora de valorar la imputabilidad o inimputabilidad de un sujeto por padecimiento de alguna anomalía o alteración psíquica. Valga como ejemplo traer aquí a colación un fragmento de la STS de 22 de octubre de 1998: 
La doctrina de esta Sala viene poniendo de relieve  que, con el fin de valorar el efecto de la enfermedad mental, en la responsabilidad penal hay que atender no sólo al diagnóstico pericial de psicosis, sino a las consecuencias psicológicas que la enfermedad hay tenido en la conducta del acusado que se enjuicia. Tal criterio ha tenido reconocimiento legislativo en el núm. 1.º del art 20 C.P. 1995, en el que, si bien se precisa de la existencia de una causa patológica del psiquismo, expresada en términos muy amplios, como cualquier anomalía o alteración psíquica, lo que cuenta a efectos de exención de la responsabilidad criminal  es que sus efectos sean la imposibilidad o de comprender la ilicitud del hecho, o de obrar conforme a esa comprensión. 

Y, más recientemente, la STS de 22 de marzo de 2001 se pronunciaba en los siguientes términos:  El sistema de justicia penal de una sociedad democrática se fundamenta en el hecho (Derecho penal del hecho), y no en la personalidad del acusado (Derecho penal del autor). Consecuencia de ello es que, en relación al estudio de la culpabilidad del sujeto, ésta vendrá determinada necesariamente por la conjunción de dos coordenadas: la existencia de una anomalía o déficit afectante a sus facultades intelecto-volitivas (elemento médico que debe ser facilitado por la periciacorrespondiente) y el elemento jurídico (a determinar por el Tribunal) relativo a la concreta incidencia que esa situación haya podido tener en el hecho enjuiciado. 
Aun con todos estos elementos jurídicos en la mano, hay aún otros aspectos que generan controversia: ¿por qué el psicópata, si tiene intactas las capacidades intelecto-volitivas, sigue siendo muchas veces enjuiciado bajo valoraciones jurídicas que contemplan una  eximente completa, incompleta –asociada a “lo que considere el Tribunal”– o, sobre todo y en abundancia en la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, una atenuante analógica? 
Huelga decir que los psicólogos forenses y criminólogos no pretenden, en ningún caso, que los sujetos diagnosticados de psicópatas se merezcan algún tipo de  agravante jurídica, sino simplemente que estos sujetos sean evaluados correctamente mediante el uso adecuado y escrupuloso del PCL-R u otros derivados de éste, y  que, por supuesto, sean considerados –porque lo son– plenamente responsables de sus actos, independientemente de que antes de la comisión delictiva –lo que, por lo demás, suele ser frecuente– se hayan expuesto a sí mismos a unas concretas condiciones psicofísicas que posteriormente les beneficien a nivel jurídico.
4.1.2. El gran dilema: ¿Malo, loco o ambos?. 
Hay un asunto relacionado con todo lo dicho hasta ahora que complica aún más las cosas. 
Por lo general, los psicópatas son juzgados legal y psiquiátricamente como cuerdos, sanos. Por otro lado, muchos clínicos e investigadores creen que la  psicopatía es incompatible con el psicoticismo, aunque existe poca evidencia que apoya esta hipótesis –por ejemplo: HART y HARE (1989)–. 
Pero no todo el mundo está de acuerdo con este punto de vista. Algunos sostienen la hipótesis de que la psicopatía y la esquizofrenia forman parte de un espectro común de 
trastornos. El mismo CLECKLEY (1976) consideraba que la psicopatía estaba más cerca de la psicosis que de la normalidad; después de todo, él tituló a su libro como The Mask of Sanity por alguna razón. También, algunos psiquiatras forenses dicen que ocasionalmente tratan a un delincuente mentalmente enfermo que es ambas cosas: un psicópata y un esquizofrénico 
(HARE, 1996a). 
Un estudio de RASMUSSEN y LEVANDER (1996) sugirió que la comorbilidad diagnóstica psicopatía-psicoticismo no es extraña en las unidades psiquiátricas de máxima seguridad que albergan pacientes severamente violentos y peligrosos. Evaluaron 94 admisiones consecutivas de tal unidad en Norway y encontraron que 22 pacientes cumplían los criterios del PCL-R para la  psicopatía. De éstos, 12 –el 55%– también satisficieron los criterios DSM-III-R para la esquizofrenia. Ante estos resultados sugirieron que, en tales pacientes, la esquizofrenia puede superponerse a un síndrome subyacente de psicopatía y que, inversamente, la psicopatía puede ser un factor de vulnerabilidad para la esquizofrenia. En todo caso, la combinación parecería ser particularmente peligrosa en el supuesto de que el diagnóstico fuera válido. 

Los casos genuinos de  comorbilidad psicopatía-psicosis son bastante raros e infrecuentes (HARE, 1996a). Más comunes son, sin duda, los casos de  pacientes psicóticos que, a su vez, exhiben algunos rasgos típicos de la psicopatía, cosa que es perfectamente posible. Y todavía más comunes son los casos de  psicópatas que fingen estar enfermos, esto es, que imitan y fingen los síntomas psicóticos –o de otra enfermedad mental– para evitar la cárcel y otras sanciones. 
Estos últimos, como insinuábamos, representan un problema particularmente difícil tanto para el sistema de salud mental como para el sistema de justicia criminal, pues son sujetos que se están típicamente rebotando de acá para allá entre las prisiones y los centros psiquiátricos forenses (GACONO, MELOY, SHEPPARD, SPETH y ROSKE, 1995). 
Ante la pregunta que encabeza parte de este subepígrafe, en forma de dilema, el profesor ROBERT D. HARE (1996a) sostiene la tesis de que los psicópatas criminales son más malos   que locos.
4.2.   Los psicópatas en el Derecho penitenciario
4.2.1.  La conducta penitenciaria: ¿Presos “modelo”? 
Se ha dicho en numerosas ocasiones que los psicópatas mantienen una conducta penitenciaria excelente, dando a entender que son algo así como una especie de  presos “modelo”. Si bien esto no es del todo incierto, también depende mucho del enfoque que se adopte: ¿estaríamos hablando de psicópatas con una educación exquisita que han delinquido y están en prisión o, por el contrario, estaríamos hablando de psicópatas con una marcada tendencia de conductas antisociales y con un amplio y versátil historial delictivo? 
Los psicópatas presentan un mayor número de revocaciones o suspensiones de la libertad condicional que otros delincuentes (HARE, 1991), así como un mayor número de quebrantamientos de condena y de las condiciones de los permisos de salida (TORRUBIA ET  AL., 2000; TORRUBIA, 2004). También reciben una cantidad mucho más elevada de sanciones durante su encarcelamiento, más en particular por su conducta violenta  agresiones físicas, abusos verbales, amenazas, intimidaciones, etc., a  internos y funcionarios– (HARE  ET AL., 2000; MOLTÓ, POY y TORRUBIA, 2000; MOLTÓ ET AL., 2001). 
Estos datos sobre la relación entre la psicopatía y el comportamiento criminal no sólo ayudan a caracterizar con mayor exactitud al psicópata criminal, sino que también demuestran –como veremos en seguida– la utilidad del diagnóstico de psicopatía para los propósitos de los sistemas judicial y penitenciario españoles, aconsejando su  uso en cuestiones tan relevantes como la concesión de permisos penitenciarios o de la libertad condicional (HARE, 1996a, 2004b; MOLTÓ y POY, 1997; MOLTÓ ET AL., 2001).
En cuanto al psicópata integrado que ahora ya es criminal y que, por tanto, está en prisión, el asunto no es tan sencillo como parece. Efectivamente, este tipo de individuos sí que podrían representar ese tópico de presos “modelo”: mantendrán relaciones cordiales tanto con los demás internos como con el personal funcionario, se esmerarán por “demostrarle” a los psicólogos, a los educadores y al Juez de Vigilancia Penitenciaria –incluso mediante sugerentes y sutiles cartas– su notable buena progresión penitenciaria,  así como también se apuntarán a diversas actividades institucionales y programas de tratamiento para “demostrar” su voluntad de cambio.

Tal como ha demostrado la investigación, parece ser que, con los psicópatas, este tipo de programas rehabilitadores son incluso contraproducentes, ya que se les enseña, paradójicamente, nuevas estrategias para poder manipular con mayor sutileza a los demás, hasta tal punto que ciertos programas de intervención, eficaces en otros delincuentes, pueden llegar a aumentar en los psicópatas encarcelados su probabilidad de reincidencia violenta (RICE, HARRIS y CORMIER, 1992).
4.2.2 La conducta post-penitenciaria: Riesgo de peligrosidad y reincidencia. 
Durante la última década, ha sido ampliamente demostrada la capacidad del PCL-R para la predicción de conducta y para la toma de decisiones en los ámbitos judiciales y penitenciarios –por ejemplo, la asignación a determinados programas de intervención, o la concesión de permisos de salida o de libertad condicional– (HARE, 2004a; TORRUBIA, 2004). El valor predictivo de la psicopatía como factor de riesgo para la reincidencia, en general, y para la de tipo violento, en particular, es actualmente bien conocido (HARE, 1991; MOLTÓ ET AL., 2001; HARE, 2004c, 2008; POZUECO ROMERO, 2003). 
Varios trabajos se han encargado de demostrar la contribución significativa del PCL-R a la predicción de la reincidencia en delincuentes varones puestos en libertad tras cumplir sus condenas (HART, KROPP y HARE, 1988; SERIN, PETERS y BARBAREE, 1990; SERIN, 1991, 1996; SERIN y AMOS, 1995; ROGERS y SEWELL, 1996; HEMPHILL  ET AL., 1998; HEMPHILL, HARE y WONG, 1998; MOLTÓ, POY y TORRUBIA, 2000), o después de haber recibido tratamiento en hospitales psiquiátricos (OGLOFF, WONG y GREENWOOD, 1990; HARRIS, RICE y CORMIER, 1991; RICE, HARRIS y CORMIER, 1992; HARRIS, RICE y QUINSEY, 1993). También se ha hallado que los rasgos de psicopatía que recoge el PCL-R predicen el riesgo de violencia incluso en pacientes con trastornos mentales graves (HARE y HART, 1993).
Por ejemplo, en el meta-análisis realizado por HEMPHILL, HARE y WONG (1998) se constató que en el primer año después de salir en libertad, los psicópatas tenían una probabilidad tres veces superior que la de los no psicópatas de delinquir y cuatro veces superior a hacerlo de forma violenta. En Suecia, con el estudio de GRANN ET AL. (1998), y en Inglaterra, con el estudio de HARE  ET AL. (2000), se obtuvieron resultados parecidos. En otro estudio realizado con muestras psiquiátricas forenses, utilizando la versión de cribado o reducida del PCL-R –el PCL:SV–, STEADMAN  ET AL. (2000) hallaron que dicha media fue el mejor predictor de violencia entre las 134 variables de riesgo estudiadas. 
Por otro lado, y de igual modo que sucede en el colectivo de reclusos en general, también es preciso señalar que los psicópatas se hallan  sobrerrepresentados entre algunos colectivos de delincuentes sexuales –y, más específicamente, entre los pedófilos y los violadores– (TORRUBIA, 2004). En este sentido, la presencia conjunta de psicopatía y  arousal sexual desviado se ha demostrado especialmente predictiva  en la reincidencia de delitos sexuales (RICE y HARRIS, 1997). 
En suma, en la actualidad no existe ninguna duda de que la psicopatía, diagnosticada mediante el empleo del PCL-R, se encuentra asociada con un riesgo mayor hacia la conducta criminal y violenta en poblaciones penitenciarias masculinas: como grupo, los psicópatas reinciden antes que el resto de delincuentes, muestran una mayor proporción de revocaciones de la libertad condicional, y se caracterizan por porcentajes más elevados de reincidencia violenta y de reincidencia en general (MOLTÓ ET AL., 2001). 
Además, la exactitud predictiva del diagnóstico de  psicopatía del PCL-R en relación a la reincidencia violenta excede ampliamente incluso la capacidad de algunos predictores enáreas como la educación o la medicina (HART, 1998). 

5. Jurisprudencia y doctrina: Una controversia y confusión conceptual que parece eterna
  
Con la frase «sabía lo que hacía pero no lo sentía» se dan por concluidas muchas sesiones judiciales donde psiquiatras y psicólogos forenses informan a los tribunales de justicia acerca de la conducta y facultades mentales, es decir, de la  imputabilidad de una determinada clase de personas que la Psiquiatría y la Psicología han clasificado y etiquetado de psicópata (LEAL MEDINA, 2003). 
No hay duda de que la evolución del tratamiento jurisprudencial de la psicopatía por nuestro mismo Tribunal Supremo es un hecho indiscutible. Sin embargo, desde antaño hasta ahora, este recorrido y cambio de mentalidad no ha sido nada fácil y aún queda mucho por andar. Como muestra de esto mismo, tomemos en consideración, por ejemplo, lo expuesto en la STS de 5 de octubre de 1991, donde todavía se nota el influjo de las tipologías de  personalidades psicopáticas que ya en 1923 estableciera KURT SCHNEIDER: 
La psicopatía es una enfermedad de muy variada sintomatología, hasta el punto de que algunos científicos han llegado a clasificar hasta once modalidades de personalidades psicopáticas, existiendo, además, dentro de cada tipo, toda clase de combinaciones y situaciones intermedias, lo que dificulta la posibilidad de establecer una teoría general sobre la imputabilidad de los psicópatas.
Debemos reconocer que, hasta la fecha de hoy, tampoco los estudiosos de la psicopatía  cuentan con una teoría general explicativa de las bases etiológicas de la misma: la mayoría de los autores se decantan por una explicación que comprende el  modelo bio-psico-social, queriendo decir que la psicopatía no es causa de un único factor por sí solo, sino causa de múltiples factores. Sin embargo, ninguno de los factores hallados hasta ahora ha dado prueba de que en el origen de la psicopatía pueda acontecer algún tipo de trastorno mental, ni tampoco que éstos se adhieran a la misma. Si bien con sólo esto no podemos elaborar tampoco una teoría general sobre la imputabilidad de los psicópatas, bueno será que se tengan en cuenta estos criterios de exclusión de anomalías psíquicas incapacitantes de cara a la valoración jurídica de la imputabilidad. 
Es evidente que la enrevesada discusión científica  sobre la psicopatía se ha traspasado también al ámbito jurídico, con la consecuencia de  que la incertidumbre ha dominado a la Jurisprudencia. Así, pues, ha sido y es frecuente ver sentencias vacilantes y a veces contradictorias al respecto (JIMÉNEZ DÍAZ y FONSECA MORALES, 2006); de este modo, la responsabilidad penal de los psicópatas es plena la mayoría de las veces, atenuada otras y excluida en contadas ocasiones. 
La configuración conceptual y la relevancia penal de la psicopatía en la Jurisprudencia del Tribunal Supremo español merecerían una reflexión más detenida. Además de los aspectos que ya hemos tratado anteriormente, también resulta interesante la revisión que efectuó GARCÍAPABLOS DE MOLINA (2003, pp. 652-656) sobre buena parte de la Jurisprudencia ya sentada por nuestro Tribunal Supremo. 

6. Conclusiones y discusión

La reformulación del concepto de psicopatía por la  Psicología Criminal y Forense y su separación respecto de la tradición médico-psiquiátrica ha tenido lugar a lo largo de un proceso  histórico cuyos primeros albores apuntan exactamente en el momento en que CLECKLEY (1941, 1976) comienza a estudiar a los psicópatas que le llegan a su clínica privada, cobrando la psicopatía una verdadera realidad psicosocial y entidad propia en el mismo momento en que el doctor HARE (1980, 1985, 1991, 2003b) retoma los estudios de aquél y los separa del enfoque psiquiátrico y/o psicopatológico en el que había estado encapsulado desde antaño.
De esta forma, la psicopatía pasa de ser un concepto nosológico excesivamente amplio, vago y difuso, aceptado y rechazado simultáneamente por  la APA, a ser un constructo psicológico válido y fiable para los nuevos tiempos (HARE, 1996a). Así, con la aparición del PCL-R, el constructo de psicopatía queda definitivamente operacionalizado, cobrando un auténtico valor empírico que antes era meramente descriptivo a nivel clínico. 
Sin duda alguna, como hemos visto, el concepto de psicopatía ha sido una fuente constante de controversia y confusión (HARE, 1996b) a lo largo de los distintos  períodos históricos (MILLON, SIMONSEN y BIRKET-SMITH, 1998). Sin embargo, las implicaciones psicosociales, criminológicas y legales de esta anomalía de la personalidad no son nada desdeñables, por lo que debemos seguir contribuyendo a la investigación para que las causas de la misma sigan cobrando aún mayor claridad científica (COOKE, FORTH, NEWMAN y HARE, 1996; COOKE, FORTH y HARE, 1998; GACONO, 2000). 

En vistas de la actual discordancia mantenida sobre el constructo de psicopatía por nuestra Jurisprudencia y Doctrina, quizá no seamos muy atrevidos al aseverar que buena parte de la “culpa” de esta situación descansa, paradójicamente, en el también disenso, aunque en mucha menor medida, que aún sigue existiendo entre ciertos sectores clínicos y el gremio de investigadores que dedican sus esfuerzos al estudio de la psicopatía. De ser así, el problema debiera solucionarse de inmediato consensuando posturas aisladas y minoritarias muy alejadas del consenso generalizado. 
Tampoco podemos anclarnos en la errónea premisa de  que todos los estudios de investigación sobre la psicopatía están realizados  con muestras fundamentalmente norteamericanas, además de que el PCL-R está publicado en inglés y baremado para la población citada. Esto no es cierto: los estudios realizados en España con psicópatas, si bien no son tan numerosos como los foráneos, existen (PASTOR, 2001; PASTOR ET AL., 2003; MOLTÓ ET AL., 2001, 2007; TORMO, 2007), por no mencionar el hecho de que el PCL-R ha sido convenientemente estandarizado para muestras penitenciarias españolas hace ya 10 años (MOLTÓ, POY y TORRUBIA, 2000). Por cierto, actualmente, el PCL-R será publicado en breve  por TEA Ediciones para España.
Hoy por hoy, la división de la psicopatía en una vertiente emocional-afectiva anómala y otra vertiente  conductual antisocial constituye un logro irrenunciable de los diversos estudios de HARE y sus colaboradores, así como también de todos aquellos estudios en los que se ha empleado convenientemente el PCL-R como procedimiento único de evaluación y diagnóstico de la psicopatía. Habiéndose demostrado en reiteradas ocasiones quepsicopatía y TAP no son la misma entidad, no es aventurado decir que la psicopatía absorbe al TAP, es decir, que el TAP queda comprendido dentro de los rasgos o ítems del  Factor 2 del PCL-R, aunque no necesariamente lo asume como imprescindible para la calificación o diagnóstico de psicopatía. 
En este sentido, quizás no insistamos lo siguiente cuando volvemos a recordar que psicopatíano es sinónimo de criminalidad o, en otras palabras, que ni todos los psicópatas son delincuentes, ni todos los delincuentes son psicópatas (RAINE y SANMARTÍN, 2000). 
Por otra parte, en cuanto a esta relación entre  psicopatía, crimen violento y, sobre todo, asesinato en serie, también conviene realizar unos pequeños matices. Acudimos una vez más al texto clásico de HARE para expresar más exactamente lo que pretendemos decir a este respecto: 
Los sujetos de esta índole y los terribles crímenes que cometen atrapan, sin duda, nuestra atención. Muchas veces comparten su macabro protagonismo con asesinos que parecen tener serios problemas mentales (…). Aunque muchos de estos asesinos a veces son declarados mentalmente sanos, sus innombrables actos, sus grotescas fantasías sexuales y su fascinación con el poder, la tortura y la muerte ponen a prueba cualquier definición de salud mental. 
Los asesinos psicopáticos, sin embargo, no están locos, según los cánones legales y psiquiátricos. 
Sus actos no son el resultado de unas mentes trastornadas, sino de una racionalidad calculadora combinada con una capacidad escalofriante para tratar a los demás como seres humanos pensantes y sensibles. Su conducta incomprensiblemente amoral,  dentro de una personalidad aparentemente normal, nos asombra y atemoriza. 
Por muy inquietantes que sean estos hechos, debemos esforzarnos por mantener cierta perspectiva, debido a que la mayoría de los psicópatas se las arregla para no asesinar a lagente. Si prestamos demasiada atención a los casos más brutales y llamativos, corremos el riesgo de no ver el cuadro completo: los psicópatas que no asesinan pero que están presentes en nuestras vidas. Es más probable que un hábil timador nos robe nuestros ahorros que nos quite la vida un asesino con ojos de tiburón (HARE, 1993, pp. 5-6). 
En lo referente a  predicción de la violencia y del riesgo de peligrosidad y reincidencia, aunque el concepto de psicopatía incardinado en el PCL-R es imprescindible para entender la conducta criminal y violenta, esto no significa, en ningún caso, que todos los comportamientos violentos deban atribuirse a psicópatas, y ni mucho menos que la esencia de este síndrome estribe en la predisposición a actuar violentamente o a cometer actos delictivos (HART, 1998). 

En última instancia, los mecanismos subyacentes al síndrome son los que explicarán porquélos psicópatas se conducen tal y como lo hacen en todas las esferas de su vida: en las relaciones afectivas y familiares, en el ambiente laboral, en los diferentes ámbitos de interacción social, etc. (MOLTÓ ET AL., 2001). El conjunto de rasgos de personalidad y comportamientos recogido en el PCL-R –y, muy especialmente, en su Factor 1– integra una de las herramientas más útiles en esta tarea de apresar los factores responsables de  la psicopatía (LYKKEN, 1995), asegurando una evaluación precisa y fiable de las diferencias individuales en este síndrome anormal de la personalidad. 
Finalmente, el problema actualmente vigente en la no comprensión adecuada de esta anomalía de la personalidad por parte de la Doctrina y Jurisprudencia españolas, en particular, quizá sea más un problema de perspectiva –de postura, de posicionarse en uno u otro ámbito o  rama de estudio (Psicología  versus Psiquiatría)– que de definición. Según han advertido atentamente JIMÉNEZ DÍAZ y FONSECA MORALES (2006),  parece ser que el problema pudiera estribar en que, a nivel judicial, se requiere una base biológica demostrable para encausar de un modo u otro los orígenes de los psicópatas que pasan ante Tribunal, dejando a la Psicología la difícil tarea de evaluar si tales sujetos  sabían de la ilicitud y aun así  queríanejecutar los hechos perpetrados en el momento en que los llevaron a cabo. Es decir, a la Psicología se le encarga en los tribunales la valoración de los aspectos intelectivos y volitivos del sujeto encausado, mientras que a la Psiquiatría se le solicita que trate de probar que existe una causa biológica que explique o intente explicar las causas o el por qué talsujeto es de tal forma y se ha comportado de tal otra. Es evidente que con ello, consciente o inconscientemente, lo que se le está solicitando a la Psiquiatría es que aporte pruebas para ver si tal sujeto puede agarrarse o no a determinadas eximentes o atenuantes que sólo el Juez tiene competencia de determinar tras los exámenes periciales pertinentes.
Es evidente que la discusión científica sobre la psicopatía sigue, pues, abierta (GÖPPINGER, 1975), y también en la doctrina penal española (RODRÍGUEZ DEVESA, 1985; COBO DEL ROSAL y VIVES ANTÓN, 1999). Sin duda alguna, la vacilante y contradictoria Jurisprudencia de nuestros tribunales al resolver sobre la responsabilidad criminal del psicópata –plena, la mayoría de las veces, atenuada, otras (RODRÍGUEZ DEVESA, 1985)– da buena fe de la imprecisión de esta categoría psiquiátrica y del grado de incertidumbre que domina, por tanto, la praxis judicial (GARCÍA-PABLOS DE MOLINA, 2003).


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Pozueco Romero JM. Psiquiatria.com. 2011; 15:48. http://hdl.handle.net/10401/4741
2 Recibido: 07/12/2010 – Aceptado: 06/01/2011 – Publicado: 31/10/2011
* Correspondencia: jmpozueco@hotmail.com
1 Doctorando en Psicología. Máster Universitario en Prevención y Tratamiento de la Violencia (Facultad
de Educación, Universidad de Extremadura).

Trabajo seleccionado para su publicación en la revista Psiquiatria.com, de entre los presentados al XII
Congreso Virtual de Psiquiatría Interpsiquis 2011.
Cite este artículo de la siguiente forma (estilo de Vancouver):
Pozueco Romero, José Manuel. Psicópatas criminales versus psicópatas integrados: un análisis
psicológico-forense, legal y criminológico. Psiquiatria.com [Internet]. 2011 [citado 31 Oct 2011];15:48. Disponible en: http://hdl.handle.net/10401/4741














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