miércoles, 29 de septiembre de 2010

Entrevista OIJJ - Sr. Femi Sufaj. Director del Centro de Formación Penitenciaria. Albania.

El Sr. Femi Sufaj explica en esta entrevista la actual situación de la justicia juvenil en Albania, las medidas de prevención, de reintegración y las penas alternativas aplicadas a los menores infractores en el país. El Sr. Sujaf presenta las políticas adoptadas por el gobierno y las medidas previstas en la ley para lidiar de la mejor manera con los jóvenes delincuentes y reinsertarles en la sociedad.

emi Sufaj ha realizado Estudios de Política (licenciatura en la Academia de Policía de Albania) e Historia (licenciatura en la Universidad Luigj Gurakuqi). Se graduó en la Universidad de Tirana (Albania) tras obtener una licenciatura en Filosofía y Letras, especializándose en Historia Moderna. En la actualidad, está llevando a cabo un doctorado y escribiendo su tesis, titulada “Políticas penales durante el régimen comunista en Albania”. Es un especialista en educación y ha ejercido como profesor. Asimismo, ha sido Director de Escuela en el Departamento de Educación de la región de Dibër y Jefe de Educación en el centro de detención preventiva Jordan Misja. Asimismo, ha sido subdirector en numerosos centros tales como los centros de detención preventiva Jordan Misja y Mine Peza y la prisión de Vaqarr. Durante su etapa en la Administración Penitenciaria Nacional fue, en un principio, Jefe del Departamento de Recursos Humanos. En la actualidad, es el director del Centro de Formación Penitenciaria y es también investigador en la Asociación de Refracción. A lo largo de los años, ha publicado numerosos artículos en revistas científicas sobre políticas penales, encarcelamiento y derechos humanos.
PREGUNTA.- ¿Podría describirnos brevemente su actividad como profesional en el campo de la justicia juvenil?
RESPUESTA.- Llevo 18 años trabajando en prisiones y en la actualidad soy el director de Centro de Formación Penitenciaria. Además he llevado a cabo numerosos estudios, algunos de ellos sobre el sistema de justicia para menores.
P.- ¿Cuál es la situación actual de los niños y de los jóvenes en Albania? ¿Cuáles son las consecuencias de la situación socioeconómica en Albania en lo que a derechos del niño se refiere?
R.- La República de Albania tiene 3.320.000 habitantes, de los cuales 1.306.000 (aproximadamente el 40% de la población total) tiene menos de 18 años. La protección de los derechos del niño es una de las políticas sociales más importantes en el país. Estas políticas se basan en los principios fundamentales de la Constitución de Albania, de las convenciones de la ONU y de otros instrumentos internacionales ratificados por el gobierno albanés.
P.- ¿Cuál es la tendencia actual de los delitos cometidos por menores en Albania y las posibles causas que los provocan?
R.- Los datos procedentes de los estudios sobre la delincuencia infantil, ya sea como autor de la infracción o como víctima de ella, muestran que un número elevado de niños están involucrados en comportamientos delictivos. Las estadísticas de los últimos diez años indican que entre el 4% y el 6% de personas involucradas en delitos no superaban los 18 años.


P.- ¿Qué políticas o estrategias han adoptado los gobiernos albanos precedentes y el gobierno actual para desarrollar los sistemas de protección del menor y aumentar la prevención de los delitos cometidos por menores?
R.- Las políticas estatales para la protección del menor están basadas en la adaptación de estas normas:
- Estrategia Nacional para los Niños y Plan de Acción 2001-2005.
- Estrategia Nacional para los Niños y Plan de Acción Plan 2005-2010.
- Estrategia Nacional para los Jóvenes, 2007-2013.
- Estrategia Nacional y Plan de Acción para la lucha contra el tráfico de menores, para la protección de los niños y de las víctimas del tráfico humano 2005-2007.
- Informe sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño para el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.
P.- ¿Qué medidas preventivas para frenar la delincuencia juvenil contempla el sistema de justicia albano?
R.- 1. La creación de estructuras y disposiciones con suficientes recursos humanos y económicos para cumplir con las obligaciones incluidas en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Estrategia Nacional para los niños.
2. Ofrecer la misma oportunidad a todos los niños, sin distinción alguno, por motivos de edad, sexo, etnia, discapacidad, nacimiento, etc.
3. La continuación del proceso que garantice el respeto del interés del niño, el derecho a la información y a la libertad de expresión y a la participación en cualquier asunto relacionado con la familia, el colegio y otras instituciones.
4. La creación de una red de instituciones así como la aplicación de medidas para proteger al niño de cualquier tipo de violencia, explotación y abuso.
5. Ofrecer ayuda a los niños que vivan en un entorno familiar y en caso necesario, proporcionarles unos cuidados alternativos dando prioridad a aquellas familias que vivan con ayudas sociales.
6. El perfeccionamiento del marco legal de las adopciones a través del Comité albano de adopciones.
7. Una mejora en el cuidado para crear las mismas oportunidades a los niños discapacitados.
8. Una mejora en el cuidado y en los servicios sanitarios tanto para la madre como para el hijo dentro de los niveles nacionales de este servicio.
9. La construcción de un sistema educativo moderno que asegure que todos los niños reciben una educación en condiciones adecuadas así como la impartición de la enseñanza obligatoria.
10. La reducción del número de niños que trabajan y el fomento de un sistema que les proteja.
11. La reducción del número de niños de la calle y la creación de servicios que los protejan y los ayuden.
P.- ¿Existe algún sistema jurídico específico para menores en su país? ¿Cuál es el propósito de la legislación relativa a los menores en conflicto con la ley? ¿Cuál es el límite de edad en relación a la responsabilidad penal y el traslado a un tribunal de adultos?
R.- De acuerdo con el Decreto Presidencial Nº 5351, de 11 de junio de 2007, existen secciones especiales para menores y jóvenes en tribunales y fiscalías en diferentes distritos. Desde 2007, todo el sistema preventivo está sometido a la gestión y bajo la responsabilidad del Ministerio de Justicia.
En Albania, la responsabilidad penal comienza a los 14 años (para delitos penales) y a los 16 (para infracciones).
P.- ¿Qué tipo de medidas o de sanciones se aplican a los menores en conflicto con la ley? ¿Cuál es la situación de los jóvenes infractores privados de su libertad?
R.- La aplicación de medidas alternativas, la fragmentación de la sentencia pronunciada por el tribunal y otras medidas son ahora aplicadas en el sistema de justicia penal albano. Desde 2009, se ha puesto en marcha un nuevo servicio: el Servicio de Libertad Condicional. Más de 1.000 personas que se encuentran en conflicto con la ley se encuentran bajo la supervisión de este servicio, de los cuales 150 son niños.
P.- ¿Cuál es el número de jóvenes infractores a los que se les infringe una pena privativa de libertad? ¿A cuántos niños se les impuso dicha pena en 2009? ¿Qué edad tenían?
R.- Su edad media era de 12,6 años (Véase respuestas anteriores).
P.- En relación a las condiciones de detención ¿comparten los jóvenes infractores las celdas con adultos o están internados en otras zonas?
R.- La ley Nº 8328, de 16 de abril de 1998, que ha sido enmendada, prevé que los menores han de ser enviados a instituciones especiales para menores y no a prisiones con prisioneros adultos internados. Estas instituciones cumplen con unos requisitos especiales como por ejemplo, la gestión de la información relativa a los menores, el régimen de comunicación y de visitas, las condiciones sanitarias higiénicas, el desarrollo de programas educativos para niños (educación básica), etc.
P.- Aparte del encarcelamiento, ¿el Código Penal albano ofrece medidas alternativas para los jóvenes infractores? ¿Suelen los tribunales recurrir a estas medidas alternativas?
R.- 105 menores están encarcelados y 105 en libertad condicional.
P.- ¿Cuáles son las condiciones de los jóvenes infractores en detención preventiva? ¿Están garantizados los derechos de los jóvenes infractores que están sujetos a la detención preventiva a la educación, a la asistencia sanitaria y al contacto familiar?
R.- En 2009 se abrió en Kavaja un centro moderno de 14.939 m² para el tratamiento de menores, con una capacidad para 40 personas. Este centro fue concebido de acuerdo con los requisitos y los parámetros establecidos en la legislación albana. Existen normativas residenciales, como por ejemplo que cada uno de los niños disponga de 7 m², la construcción de instalaciones deportivas, bibliotecas, aulas, espacio para actividades, instalaciones higiénicas y numerosos talleres. La inversión total realizada en esta prisión es de 2 millones de euros. 5 nuevas instituciones con secciones especiales para menores detenidos fueron inauguradas en 2008.
P.- ¿De qué manera se han puesto en práctica las medidas educativas y de reinserción social contempladas en la legislación para menores albanesa? ¿Podría informarnos acerca de la situación de los jóvenes y de la libertad condicional?
R.- En las instituciones para menores tenemos a nuestra disposición psicólogos, médicos, asistentes sociales y profesores. Hemos puesto en marcha un programa de acuerdo con el programa You Turn aplicado en Holanda que busca preparar a los niños para la reintegración en la sociedad.
P.- ¿Qué recursos de asistencia psicológica y mental existen en Albania para los jóvenes con este tipo de necesidades (es decir, menores que viven con factores de riesgo elevados así como jóvenes infractores)? ¿Existen unidades especiales para este grupo específico?
R.- Se está llevando a cabo un proyecto sobre salud mental en todo el sistema penitenciario así como un programa para limitar los daños.

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