13 de Julio de 2010.Los planes de persecución de las pandillas y el crimen organizado chocarán también con la manipulación política de izquierda que se hace desde los 90 para la aplicación benévola de la legislación de menores, según se desprende del análisis de tratados internacionales y de las declaraciones de uno de los padres de la legislación de menores actual.
Si bien el gobierno del presidente Funes ha propuesto reformas legales para criminalizar a las pandillas, aquéllas no se aplicarán a los menores porque éstos tienen un régimen legal especial, según explicó el viceministro de Justicia y Seguridad, Henry Campos, poco antes de presentarlas a la Asamblea Legislativa.
A esto se agrega la ideologización o manipulación política que se hace de este régimen para sobreproteger a menores delincuentes y que se evidencia con el alegato de jueces de que "los derechos del niño priman sobre el interés de la ciudadanía", como algunos han expresado en su momento basándose en los tratados internacionales para proteger a lo que realmente son torvos criminales adolescentes.
El ex magistrado constitucionalista Mauricio Alfredo Clará, uno de los padres de la legislación de menores, considera que se ha tergiversado el espíritu con que se elaboró la normativa en 1993, para darles a los menores delincuentes "un garantismo a ultranza" como se hizo con los adultos con la legislación procesal penal de 1998 y era la tendencia de entonces de la izquierda local, enquistada en organismos internacionales.
Generalmente los jueces y abogados garantistas invocan la Convención de los Derechos del Niño, pero no desestiman convenios internacionales, con fuerza legal, como las Reglas de Beijing, que también garantizan el interés de la colectividad. Tampoco se discierne el contexto y el desarrollo de la legislación internacional para diferenciar entre menores víctimas y menores delincuentes.
El principio general 1, inciso 1.4, de las también llamadas Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores dice que la justicia de menores deberá administrarse "de manera que contribuya a la protección de los jóvenes y al mantenimiento del orden pacífico de la sociedad".
En el principio 2, inciso 2.2, establece que "los Estados Miembros aplicarán las definiciones siguientes en forma compatible con sus respectivos sistemas y conceptos jurídicos..." y al mismo tiempo que se propone "responder a las diversas necesidades de los menores delincuentes y proteger sus derechos básicos", también obliga a "satisfacer las necesidades de la sociedad".
Algunos jueces de menores y abogados salvadoreños se oponen a que se aplique el proceso penal de adultos a adolescentes menores de 18 años que han cometido crímenes atroces, porque, según alegan, "siguen siendo niños".
Pero las Reglas de Beijing también establecen que "corresponderá a cada sistema jurídico internacional fijar las edades mínima y máxima" a efecto de aplicar la ley al menor delincuente y, en este sentido, destaca que "sí puede considerarse al niño, en virtud de su discernimiento y comprensión individuales, responsable de un comportamiento esencialmente antisocial".
Tomando en cuenta lo anterior y que el principio 5.1 dice que "cualquier respuesta a los menores delincuentes será en todo momento proporcionada a las circunstancias del delincuente y del delito", es inexplicable que se le otorgue "libertad asistida" a incorregibles homicidas y violadores con el argumento de los jueces de que "estos niños tienen que seguir estudiando y si están internos no lo podrán hacer".
Bajo este principio, las Reglas de Beijing enfatizan que "el autor (de un crimen) ha de llevarse su merecido según la gravedad del delito" y que esta respuesta debe ser adecuada, "ni más ni menos".
Se ha llegado al extremo de que estas consideraciones fueron obviadas por quienes le ayudaron al presidente Funes a elaborar el veto contra el aumento de la pena máxima a 15 años de internamiento invocaron las Reglas de Beijing sólo para consignar que "la prisión o confinamiento deben ser el último recurso y por el menor tiempo posible".
Aunque el gobierno ha dicho que no se podrá aplicar la ley antimaras que ha propuesto a los menores delincuentes, la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades) considera "bajo la Ley Penal Juvenil vigente el artículo 345 propuesto (para reforma al Código Penal) debería aplicarse" mediante la reforma del artículo 15 de la Ley Penal Juvenil.
Fiscal abierto a reformas
El Fiscal General, Romeo Barahona, no se cierra cuando se habla de una posible discusión de reformas a la Ley Penal Juvenil. "Habrá que revisar qué tipo de garantías hay que suprimir, hay cosas que hay que valorarlas y analizarlas, no es cuestión de sólo suprimir", dijo Barahona.
Agregó que él prefiere apostarle más por la efectividad de las investigaciones criminales que lleven a las capturas de los responsables que a un aumento de las penas de cárcel.
La Policía ha confirmado que en los últimos meses cerca de 680 menores han sido recluidos por haber participado en delitos graves.
Fuentes fiscales aseguran que la participación de los menores en delitos de homicidios se ha duplicado en comparación a otros años.
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